REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 15 de julio de 2.009
198º y 149º
SOBRESEIMIENTO
CAUSA N° 3C-1227- 09
JUEZ : ABOG. NORKA MIRABAL RANGEL
PROCEDENCIA: FISCALIA 1° DEL MINISTERIO PÚBLICO.
VÍCTIMA : BOU HAMDAN ADJAM
SECRETARIO (A): ABG. ZUJENNY FERNANDEZ
IMPUTADO (S) HIGUERA MARTINEZ GABRIEL ARTURO
DELITO (S) LESIONES MENOS GRAVES
Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO, que conforme a lo establecido en el artículo 318, numeral 4° eiusdem, presentare la Fiscalía Primera del Ministerio Publico, y recibida en este Tribunal en fecha 03 de Marzo de 2009, en virtud del inicio de las actividades del Tribunal Tercero de Control, conforme a la resolución Nº 01-2009 emanada de la Presidencia del Circuito judicial del Estado Apure; a los fines de decidir observa:
DE LOS HECHOS
Establece el Ministerio Publico para solicitar el sobreseimiento, que la investigación se inicio en fecha 22 de noviembre del 2006, en virtud de denuncia interpuesta por el ciudadano BOU HAMDAN ADJAM, quien manifestó ante el Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas de esta ciudad, lo siguiente: “…Comparezco por ante este despacho con la finalidad de denunciar que el día de hoy siendo las 03:00 horas de la tarde aproximadamente, yo me encontraba en el negocio Coco liso, cuando de repente un ciudadano quien no conozco sin medir ningún tipo de palabras ni motivo me da una golpiza en la cara causándome varios hematomas, aludiéndome que era sobrino del ciudadano gobernador del Estado Apure. Es todo”. (Folio 01). V
Al folio 01, cursa Orden de Inicio de las Investigaciones, acordado por el Ministerio Público.
Ahora bien, considera el Ministerio Publico que los hechos que dieron lugar al inicio de la investigación si bien, se encuentran adecuados al tipo penal establecido en el articulo 413 del Código Penal como es el de LESIONES MENOS GRAVES, en virtud que la victima sufrió lesiones menos graves en el rostro, sin embargo, de las declaraciones de los testigos presénciales de estos hechos, el mismo resbalo y cayo al suelo, lo que le ocasiono las lesiones que lo llevaron a formular la denuncia en contra del presunto imputado, por lo que resulta imposible probar la autoría material, con el objetivo de determinar la responsabilidad del imputado y consecuencialmente solicitar el enjuiciamiento de los mismo, concluyendo; y con tal carácter solicita el decreto de SOBRESEIMIENTO.
En éste sentido, de acuerdo a la revisión del asunto, verificó el tribunal que evidentemente no se recabaron elementos que demuestren la culpabilidad del imputado, y tomando en consideración el tiempo transcurrido no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación que den base para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado, por lo que seria inoficioso seguir con el procedimiento, por cuanto no existen razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación, e insistir en mantener un proceso ante el Órgano jurisdiccional seriar retardar una decisión que en definitiva va a ser la misma que deba pronunciarse si se llegase al debate, señalado en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal.
DECISION
Por las razones que anteceden el Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a los parámetros de los artículos 318 numeral 1°, del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto no se le puede atribuir al imputado decreta: el Sobreseimiento de la causa N° 3C 461-09, seguida a HIGUERA MARTINEZ GABRIEL ARTURO, sin mas datos. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
LA JUEZA TERCERO DE CONTROL
NORKA MIRABAL RANGEL