REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE





TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO
ACCIDENTAL DEL SISTEMA DE RESPONABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES

San Fernando, 23 de Julio de 2009
199ª y 150ª
JUICIO ORAL Y PRIVADO

En el día de hoy, Veintitrés (23) de Julio de dos mil Nueve, siendo las 10:00 horas de la mañana, previo compás de espero, se da inicio al acto de Juicio Oral y Privado del Juicio Oral Privado pautado en la causa 1M-59-09, seguida en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 5 Y 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo, en perjuicio de la ciudadana: SIRIA MARGARITA JIMENEZ QUERALES. Reunidos en la sala de audiencias del Tribunal Mixto de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescentes de este Circuito Judicial Penal del Estado Apure, la Juez Presidenta DRA MARIA LUCRECIA BUSTOS P, los Escabinos ciudadanos: OTILIO JOSE GONZALEZ ABAD (PRINCIPAL) y APONTE CASTELLANO CARMEN MARIA (PRINCIPAL). Seguidamente la Juez Presidenta solicitó a la Secretaria verificar la presencia de las partes, siendo informada por ésta que se encuentran presentes en la Sala de Juicio, el Fiscal Octavo del Ministerio Público DR. JOSE HERNANDEZ, La Defensora Privada, Dra. MARIA ENRRIQUETA SILVA GALLARDO, El acusado previo traslado desde la Comandancia de Policía con las seguridades del caso del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, conjuntamente con su representante legal ciudadana: JIMENEZ DE MEDINA ARGELIA TERESA y la victima ciudadana: SIRIA MARGARITA JIMENEZ QUERALES. Acto seguido se procedió a tomar el juramento de ley a los ciudadanos Escabinos, quienes juraron cumplir bien y fielmente con las obligaciones inherentes al cargo para el cual fueron designados. De seguidas se declaró abierto el debate y se advirtió a los presentes de conformidad con lo previsto en el artículo 593 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, sobre la importancia de este acto y del deber en que se encuentran de mantener la debida compostura durante el desarrollo del debate, indicando a las partes que deben litigar de buena fe, sin temeridad y sin ofender la dignidad de las personas, al acusado que debe estar atenta y no ausentarse de la misma sin la debida autorización del Tribunal y que puede comunicarse con su defensora las veces que lo desee sin que esté declarando. Seguidamente se le concede al representante del Ministerio Público la Palabra quien acuso al ciudadano: ORANGEL EUCLIDES MEDINA JIMENEZ, Titular de la cedula de identidad N° V-21.317.526, por los hechos que se explanan en el escrito acusatorio en cual corre inserta del folio sesenta y ocho (68) al folio setenta y seis (76), por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 5 y 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo, en perjuicio de la ciudadana: SIRIA MARGARITA JIMENEZ QUERALES. Asimismo ratifico los Medios de Pruebas que fueron admitidos el día de la Audiencia Preliminar para que sean evacuados en este Juicio Oral y Privado, solicitó se le aplique la Sanción de Privación de Libertad, prevista en el literal “F”, del artículo 620, en concordancia con el artículo 628, de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por el lapso de CINCO (05) años. Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la defensa a fin de que inicie su discurso de apertura quien expuso: “En virtud de la solicitud realizada por el Fiscal Octavo del Ministerio Público, en cuanto a que sean admitidas todo el legajo de las pruebas, solicito aclaratoria ya que fue opuesta previamente la solicitud de obviar el reconocimiento en rueda de individuos solicitud que fue requerida por la defensora pública. Solicito no se tome en cuenta la prueba de reconocimiento en rueda por cuanto la misma carece de legalidad. Seguidamente la ciudadana Juez expone: “Oída tanto a la defensa como a los presentes a los efectos de clarificar las funciones del juez de juicio, quiero dejar sentado que el juez de juicio entra a conocer a partir del auto de apertura de juicio, no esta dentro de las facultades del juez de juicio conocer los eventos sucedidos en la etapa del juez de control, los alegatos que hizo la defensa es de una etapa precluida, en todo momento el acusado en la presente causa estuvo asistido de un defensor bien fuese en la fase de control o en la fase de juicio, el adolescente no ha estado solo en el transcurso de la causa. Las pruebas las cuales van a ser evacuadas en el presente juicio son las pruebas que fueron previamente admitidas en el desarrollo de la audiencia preliminar las cuales aparecen el auto de enjuiciamiento, donde admitió la acusación interpuesta por el Ministerio Público, y las pruebas promovidas tanto por este ultimo como por la defensa; en el transcurso del juicio analizaremos cada una de estas pruebas, se llegara a las conclusiones que corresponda. En consecuencia considera que no se ha violado ningún derecho al adolescente acusado, además de que no costa en dicho auto de apertura la admisión de la prueba de reconocimiento en rueda de individuos alegada por la defensa. ” Resuelta como fue la incidencia planteada por la defensa se le cedió el derecho de palabra a los efectos de que de su discurso de apertura. “En función a lo ya aclarado esta defensa se reserva el derecho que nos asiste como tal, continuando en el mismo orden de ideas solicitando se le de la continuidad al presente juicio para poder demostrar los elementos que son pertinentes, de esta manera se demostrara cuales son elementos que inculpan o exculpan al que hoy esta sentado como acusado”. Es todo. Acto seguido la ciudadana Juez le explicó a la adolescente en forma clara y sencilla el hecho que se le atribuye, le advirtió que puede rendir declaración o abstenerse de hacerlo, estando libre de apremio, coacción y sin juramento, sin que su silencio la perjudique, se le impuso del artículo 49 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, preguntándole si desea declarar contestando el mismo que “Si”. De conformidad a lo establecido en el artículo se hizo retirar de la sala a la victima en la presente causa. Seguidamente el ciudadano acusado se identifico como: IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a continuación expuso:”Yo venia de Mercatradona como a las seis y diez, seis y quince, andaba haciéndole un favor de comprarle un pote de leche a la Sra. Janet Bohórquez, venia hacia el parque de ferias por la calle hacia los centauros cuando veníamos unos funcionarios se nos acercaron y nos dijeron que nos detuviéramos y nos dijeron que les diéramos la cedula de identidad, entonces yo le respondí que no la cargaba entonces los funcionarios nos dicen que los teníamos que acompañar para la comandancia de policía, ellos venían con dos muchachos en una moto sencilla y ellos soltaron a los muchachos que venían con ellos en la moto y el funcionario me dijo que me subiera a la moto me puso a manejar la moto hacia el comando de la policía me apunto con el arma de el (señalo la parte intercostal derecha) por donde están el C.D.I. se propararon por allí, entonces el me quito mi teléfono me hizo que siguiera con la moto montado con el atrás y me hizo seguir por el puentecito que esta delante de defensa civil, me dijo que detuviera la moto allí y el otro policía también se detuvo con el otro muchacho, el policía nos tiro al suelo y empezó a llamar por radio a la comandancia de policía preguntando que si había algún reporte de moto robada, el policía pidió el refuerzo y dijo que presuntamente había agarrado a dos sujetos con la moto que se habían robado, llegaron mas policías en moto y empezaron a golpearnos y los policías que nos detuvieron les dijeron a los otros que llegaron, que nosotros habíamos tirado un arma al monte sobre la laguna del puentecito cuando los otros funcionarios empezaron a buscar el arma el policía se saco un arma del chaleco y dijo aquí esta el arma y allí nos trasladaron para la comandancia de policía” . Seguidamente se le cede el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público a los efectos de que realice las preguntas pertinentes quien los hizo en los siguientes términos. 1.- ¿Que distancia hay de tu casa al Comercial Mercatradona? R.- Queda un poquito lejos, retirado. 2.- ¿A quien le fue a comprar el pote de lecho? R.- A la señora Bohórquez. . 3.- ¿Fue solo?. R.- No, le pedí un favor a uno de los muchachos, nos fuimos en bicicleta. 4.- ¿Qué le manifestaron los funcionarios aparte de pedirles su cedula? R.- Que íbamos a tener que acompañarlos al comando, soltaron a los muchachos que venían, y me dijeron súbete aquí vamos para el comando de la policía, yo arranque en la moto de el y el otro se llevo al otro muchacho. 5.- ¿Recuerda las características de la moto? R.- Sencilla de paseo. Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la defensa a los efectos de que efectué las preguntas pertinentes quien lo hizo en los siguientes términos: 1.- ¿Qué estaba haciendo usted cuando le pidieron el favor de hacer una compra? R.- Yo estaba donde mi mama y ella me pidió el favor de que le comprara la leche por que ella estaba cesareada. 2.- ¿Quien estaba con usted? R.- El muchacho que me acompaño. 3.- ¿Cual fue el recorrido que tu realizaste? R.- Salí de mi casa, hacia la casa de la señora a la que le iba a ser el favor, salí del barrio hacia el barrio Dios con Nosotros, me conseguí con el muchacho que me iba acompañar a comprar la leche. 4- ¿A cual de los Mercatradona fue? R.- Al Mercatradona Plus. 5.- ¿Cuanto tardas en recorrer de tu casa a Mercatradona. R.- Minutos. 6.- ¿Quien los intercepto? R.- Dos policías y los muchachos que venían con ellos. 7.- ¿Que paso para que ustedes se detuvieran? R.- Uno nos dijo parecen ahí, y nos dijeron que le diéramos la cedula. 8.- ¿Que hicieron con la bicicleta y la leche? R.- La dejaron allí, la leche y la bicicleta. Seguidamente la ciudadana Escabino realizo las siguientes preguntas: 1.-Como se enteran en la casa? R.- Cuando llegamos al comando las personas vieron y le avisaron a mi mama. Seguidamente el ciudadano Escabino realizo las siguientes preguntas. 1.- ¿Cómo usted andaba vestido? R.- Una camisa y un pantalón. Seguidamente la Juez Presidenta realizo las siguientes preguntas. 1.-¿Quien es el muchacho con el que tu andabas? R.- Tony. 2.- ¿Fue detenido contigo? R.- Si. En este estado se inicio la recepción de pruebas de conformidad con lo establecido en el artículo 597 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño del Adolescente en concordancia con el artículo 353 del Código Orgánico Procesal Penal, y por cuanto la victima fue promovida como testigo teniendo la misma interés en el presente proceso, se altero el orden de deposición de los testigos y expertos haciendo comparecer en consecuencia a la victima en la presente causa a los efectos de que rinda su declaración de conformidad con lo establecido en el artículo 355 del Código Orgánico Procesal Penal. Seguidamente se le tomo el juramento de ley jurando la misma decir la verdad y nada mas que la verdad en su declaración, se identifico como SIRIA MARGARITA JIMENEZ QUERALES, Titular de la cedula de identidad N° V- 9.876.011, de ocupación obrera en el colegio Vuelvan Caras, y expuso: “Cuando yo estaba a la seis de la tarde en la avenida Caracas frente a la ferretería Ferretodo, yo estaba esperando que el semáforo cambiara de la luz roja a verde para pasar, llegaron el (señalo al acusado) y el otro muchacho, el era el que cargaba el arma el otro muchacho era el que me saco de la moto, me apunto y el otro me bajo a golpes, en ese momento yo llame a mi hijo venían unos policías les dije me acaban de robar mi moto les dije por donde iban ellos se metieron por le Tamarindo por los lados de la Coca Cola, el hijo mío me llevo a su casa, la moto la encontraron en el Parque de Ferias”. Seguidamente se le cede el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público a los efectos de que realice las preguntas pertinentes quien los hizo en los siguientes términos. 1.- ¿Que hora era específicamente cuando la robaron? R.- Las seis de la tarde. 2.- ¿Que les manifestaron los ciudadanos? R.- Que era un atraco, el otro muchacho me saco de la moto, un señor me dijo suéltela que la van a matar. 3.- ¿Como eran las personas que le quietaron la moto? R.- El que esta aquí y un muchacho alto, mas de color. 4.- ¿Después que te quitaron la moto, que le dijiste a los funcionarios? R.- Que unos muchachos me quitaron la moto, le di las característica, uno de una bermuda y una franelilla, y el otro un blue jean y una camisa. 5.- ¿Quien de los sujetos portaba el arma del fuego? R.- (Señalo al acusado. 6.- ¿Como andaban ellos?. R.- Andaban a pie. Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la defensa a los efectos de que efectué las preguntas pertinentes quien lo hizo en los siguientes términos 1.- ¿Donde trabaja usted y cual es su horario de trabajo? R.- En el Vuelvan Caras, mi horario es de 6:00 am a 12:20 pm. 2.- ¿Que hace usted en horas de la tarde? R.- Labores del hogar. 3.- ¿Cual es su domicilio? R.- La Muñoz al final entre la Liceo Lazo Martí y el comercial Cater. 4.- ¿Que día y que fecha fue cuando ocurrieron los hechos? R.- El 16 de Enero del año pasad, día viernes 5.- ¿Que hacia usted en ese trayecto? R.- Venia de la Farmacia Caracas estaba comprando unas pastillas. 6.-¿Andaba sola? R.- Si. 7.- ¿Cuando usted se propago a esperar la señal de cambio de semáforo en que canal estaba ubicada? R.- En el canal contrario a la Ferretería Ferretodo en la esquina a la derecha. 8.- ¿Donde estaban ubicados los ciudadanos? R.- Me llegaron no se donde. 9.- ¿Usted de manera sorprendente los dejo ir? R.- Yo agarre la moto me quise como resistir el flaco alto me saco de la moto, y cuando le vi la pistola al otro se la entregue mas rápido. 10. ¿Cuanto tiempo duro desde que le robaron la moto hasta que llego la policía? R.- Rápido. 11.- ¿Que tiempo duro el supuesto robo? R.- Fracciones de segundos. 12.- ¿Como andaba vestido la persona que portaba el arma R.- Bermuda y franelilla, y el otro pantalón. 13.- ¿Cuáles son las características del que portaba el arma? R.- Moreno claro. 14.- Cuanto tiempo trascurrió desde del momento en que se llevaron la moto, a cuando usted llamo a su hijo? R.- Rápido, mi hijo llego en media hora me dejo en la casa y se fue a buscar la moto, por que dijo que había que recuperar esa moto.15.- ¿Cómo era la moto? R.- Una moto Jaguar, negra. 16.- ¿A que hora comparece usted a la policía? R.- Como a las ocho de la noche, me dijeron que me llevara la moto, por que ya mi hijo me la había llevado a mi casa. 17.- ¿Quien le entrego la moto? R.- Mi hijo. 18.- ¿Dónde le dijo su hijo que habían encontrado la moto y a que distancia vive su hijo de donde encontraron la moto? R.- Mi hijo me dijo que la encontraron en el Parque de Ferias, eso no queda tan lejos de su casa. 19.- ¿A que hora llego tu hijo? R.- Como a las siete. 20.- ¿Con quien fue usted para el comando? R.- Sola en mi moto. 21.- ¿Usted vio a mi defendido en la policía? R.- Yo los vi a los dos cuando me atracaron luego no los volví a ver. Seguidamente el ciudadano Escabino realizo la siguiente pregunta 1.- ¿Que cargaban en la mano las personas que la asaltaron R.- La pistola. Es todo. Seguidamente se procedió a llamar al funcionario: DARWIN CASTILLO, manifestando el ciudadano alguacil que no compareció. Seguidamente se procedió a llamar al funcionario: EDWIN LIENDO, manifestando el ciudadano alguacil que no compareció. Seguidamente se procedió a llamar al funcionario: JOSE ROMERO, manifestando el ciudadano alguacil que no compareció. Seguidamente se le solicito al ciudadano alguacil hiciera comparecer al funcionario LOPEZ JOSE, manifestando el ciudadano alguacil que si compareció, haciendo acto de presencia e identificándose como LOPEZ LOPEZ JOSE ANDRES, Titular de la cedula de identidad 20.230.263, adscrito al Comando de la Policía de este Estado, Brigada de Patrullaje, Distinguido, trabaja desde hace dos años y cuatro meses fue debidamente juramentado, de seguidas expuso lo siguiente: ”Nosotros nos encontrábamos por la Av. Caracas llegando a los semáforos que están por la Coca cola nos encontramos a la señora que nos informo que le terminaban de robar su moto, yo le pregunte hacia donde se dirigieron ella nos manifestó que hacia el tamarindo llame a plomo 12 que es el jefe de patrullaje cuando íbamos al tamarindo le preguntamos a un muchacho que alquila teléfono, los vimos que iban en la moto, los vimos que bajaron por el barro que esta cerca de Cristo Rey buscando hacia el Parque de Ferias nos dispararon y los neutralizamos, al llegar allí le incautamos el armamento, que se perdió por la Comisaría de Guasdualito, llegaron los patrulleros los trasladamos al comando y los pusimos a la orden de la Fiscalia. ”. Seguidamente se le cede el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público a los efectos de que realice las preguntas pertinentes quien los hizo en los siguientes términos. 1.- ¿Específicamente donde se encontraba ustedes? R.- De patrullaje, veníamos del hospital, nos encontramos a la señora bastante nerviosa golpeada que la habían tirado al suelo. 2.- ¿Que hicieron luego de que les dispararon? R.- Los neutralizamos, a uno de ellos le conseguí el armamento. 3.- ¿Como andaba vestido? R.- Con una bermuda. 4.- ¿Como andaba vestido el otro ciudadano R.- con un jean y una camisa. 5.- ¿Aparte del arma, que mas le incautaron? R.- Una moto nueva. 6.- ¿Usted observo en el lugar alguna bicicleta o bolsas de compras? R.- Solo unos documentos de la victima. 7.- ¿Como a que hora fue eso? R.- Como a las 6:40 de la noche. Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la defensa a los efectos de que efectué las preguntas pertinentes quien lo hizo en los siguientes términos 1.- ¿Desde que hora usted estaba de comisión? R.- Yo estaba de servicio, desde las 7:00 am hasta las 7:00 pm. 2.- ¿A que hora aproximadamente usted estuvo el primer contacto con la victima? R.- A las seis y veinte horas de la tarde. 3.- ¿Que características le dio la victima de las persona que robaron su moto? R.- Yo le pregunte las característica, me dijo uno es moreno bajito el otro moreno alto, luego que pregunte como andaban vestido. 4.- ¿Ha tenido contacto con la victima? R.- Nunca en mi vida. 5.- ¿Cuanto tiempo tardo desde que le dijeron que se robaron al moto hasta que aprehendieron a mi defendido? R.- Es el procedimiento mas lindo que he hecho en mi vida como cuatro minutos. 6.- ¿Dónde consiguió el armamento? R.- El armamento lo encontré yo, se le metió asustado en las partes intimas, le dije que se parara, y cundo lo revise tenia el armamento. 7.- ¿En que lugar lo reviso? R.- Llegando al C.D.I. 8.- ¿Quien estaba allí, no habían testigo? R.- La gente se asusto al escuchar tiros. 9.- ¿Cual fue el procedimiento que se siguió al entregar el armamento?. R.- El procedimiento ordinario, entregamos la moto y el armamento, este se encontraba reportado como perdido por la comisaría de Guasdualito. 10.- ¿A quien le entregaron el armamento? R.- A Investigaciones Penales. 11.- ¿Quien le toma la declaración a usted. R.- Un cabo primero, no recuerdo el nombre. Seguidamente la ciudadana Escabino realizo la siguiente pregunto: 1.- ¿Cuantos cartuchos tenia el armamento? R.- Tres y uno percutado. 2.- ¿En el caso cuantos disparos hicieron contra ustedes? R.- Uno. 3.- ¿Quién lo acompañaba? R.- El agente Tomas Veliz. Es todo. Seguidamente se le solicito al ciudadano alguacil hiciera comparecer al funcionario TOMAS VELIZ, manifestando el ciudadano alguacil que si compareció, haciendo acto de presencia e identificándose como VELIZ FLORES TOMAS RAMON, Titular de la cedula de identidad Nª 15.680.830, adscrito al Comando de la Policía de este Estado, trabaja desde hace CUATRO años fue debidamente juramentado, de seguidas expuso lo siguiente: “Ese día nos encontrábamos por la A.v Caracas específicamente junto a los semáforos que están por la Coca cola, vimos a la señora que se encontraba nerviosa nos acercamos y nos dijo que le acaban de quietar su moto nos dijo que iban por el tamarindo, subiendo la José Antonio Páez llegamos los ciudadanos nos miraron cuando estábamos en la Cristo Rey logrando capturarlos donde esta el C.D.I. del Parque de Ferias, le dimos la voz de alto, los pegamos, los revisamos y le encontramos el armamento al señor, (señalo al acusado). Llegamos y los llevamos hasta el comando, les dijimos que estaban a la orden de Fiscalia. Seguidamente se le cede el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público a los efectos de que realice las preguntas pertinentes quien los hizo en los siguientes términos 1.- ¿Específicamente que hora era cuando la victima le manifiesta que la robaron? R.- Estaba cayendo la noche seis, seis y media. 2.- ¿Usted manifestó que en la persecución soltaron un disparo? R.- Si, nos dispararon. 3.- ¿La ciudadana victima le manifestó las características de los ciudadanos? R.-Nos dijo que uno cargaba una bermuda con guarda camisa y el otro jens. 4.- ¿Quien cargaba la bermuda? R.- Señalo al acusado. 5.- ¿A cual de los sujetos aprehendido le incautaron la pistola. R.- Señalo al acusado, le encontramos un 38, solicitado por la Comisaría de Guasdualito. 6.- ¿Que recuperaron en ese momento la moto? R.- La moto de la señora y el armamento. Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la defensa a los efectos de que efectué las preguntas pertinentes quien lo hizo en los siguientes términos:1.- ¿Cuándo ustedes ubicaron a la victima que les llamo la atención y de donde venían ustedes? R.- Veníamos del hospital. 2.- ¿Que lapso trascurrió desde la denuncia hasta que precisaron a los ciudadanos. R. Como de treinta a cuarenta minutos. 3.-¿Que día sucedieron los hechos? R.- No recuerdo. 4.- ¿Que característica les dio la victima del modo en que fue despojada de su moto? R.- Nos dijo que la despojaron de la moto y que eran dos muchachos que uno vestía bermuda y otro jean. 5.- ¿Que características les dio de los ciudadanos? R.- Dijo que uno era un ciudadano moreno y otro negro. 6.- ¿Donde más a trabajado usted? R.- En el comando y en la Sub-Comisaria de los Centauros. 7.- ¿Usted había conocido a la victima? R.- No. 8.- ¿Desde el momento en que hicieron la aprehensión de las evidencia que procedimiento siguieron en cuanto a la cadena de custodia? R.- Lo llevamos al comando los pusimos a la orden de la Fiscalia. 9.- ¿Cuanto tardo desde que los detuvieron y llegaron al comando? R.- En el comando para hacer el procedimiento si nos tardamos para firmar el acta. 10.- ¿Que evidencia llevaron al momento de levantar el procedimiento? R.- El arma, la victima y la moto. 10.- ¿Cuando ustedes hablan con la ciudadana no reportaron nada a nadie? R.- No pudimos reportar nada, cuando lo aprehendimos si. 11.- ¿Como se llama el esposo de la ciudadana victima. R.- No lo se. 12.- ¿Que rango tiene? R.- No se, anteriormente trabajaba en la Guepa. 13.- ¿Quien llevo la moto? R.- La llevamos nosotros. 14.- ¿Y el armamento quien lo llevo? R.- Nosotros y quedo en penales. 15.- ¿Cuando incautan el armamento pueden hacer investigaciones sobre el mismo? .R.- No, lo hace investigaciones penales. 16.- ¿Y entonces como sabían que estaba reportado como perdido? R.- Cuando lo registramos. Seguidamente la ciudadana Escabino le realiza la siguiente pregunta: 1.- Los sujetos cuando ustedes lo apresaron como estaban? R.- Estaban nerviosos. Seguidamente el ciudadano Escabino hace la siguiente pregunta: 1.- ¿Cuanto tiempo tardo para capturar los sujetos? R.- Máximo como media hora. Seguidamente la ciudadana juez solicita al ciudadano alguacil haga comparecer al ciudadano: JIMENEZ JHONNY HUMBERTO, manifestando el ciudadano alguacil que no compareció. Seguidamente se procede a llamar a los testigos promovidos por la defensa solicitándole al ciudadano alguacil haga comparecer a la ciudadana JEANETT BOHORQUEZ, manifestando el ciudadano alguacil que si compareció, en consecuencia hace acto de presencia tomándosele el juramento de ley e identificándose como: BOHORQUEZ NIETO JEANETT BESTALIA, Titular de la cedula de identidad N° v- 14.811.330, de profesión u oficio maestra en la escuela “San José”, residenciada en el Barrio Santa Teresa, calle Principal vereda 01 y expuso: “Me siento culpable, yo mande a Orangel a que le comprara una leche a mi hijo, para ese tiempo tenia cuatro días de cesareada entonces no botaba mucha leche, el niño me salio alérgico, le pedí el favor a él, de que me comprara la leche en Mercatradona, el fue con un muchacho que estaba jugando con el, al mucho rato después escuchen que lo habían agarrado a el” Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la defensa a los efectos de que efectué las preguntas pertinentes quien lo hizo en los siguientes términos: 1.- ¿Cómo hacen ustedes para ponerse en contacto con Orangel. R.- Mande a mi hijo de ocho años, por que el vive cerca de mi casa. 2.- ¿Que tiempo trascurrió desde que usted lo envió al momento en que se entero?. R.- Me entere de que la mamá lo andaba buscando, yo le dije que salio a comprarme una leche como a eso de las 6:10 pm. Seguidamente se le cede el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público a los efectos de que realice las preguntas pertinentes quien los hizo en los siguientes términos 1.- ¿Cuántos hijos tiene usted? R.- Uno de ocho años y el que esta pequeño. 2.- ¿Para el momento de esos hechos usted convivía con su pareja. R.- Si. 3.- ¿Donde se encontraba su pareja? R.- En el trabajo. 4.- ¿El ciudadano en otras oportunidades le había hecho favores a usted?. R.- El siempre me hace favores. 5.- ¿Tiene vehículo? R.- No. 6.- ¿Usted conoce al ciudadano Tony tapia? R.- No, quizás por apodo. 7.- ¿Ha visto al ciudadano Tony cerca de su casa? R.- No le se decir así, yo los conozco es por apodo, no tengo mucho tiempo viviendo allí. 8.- ¿Que tiempo tiene usted viviendo allí. R.- Como un año, yo los conocí por que viven por la vereda. Seguidamente las ciudadana Escabino realizo la siguiente pregunta: 1.- ¿Tiene mala conducta en el sector el acusado? R.- Hasta donde yo lo conozco trabaja en el mercado. Seguidamente la Juez presidente realiza las siguientes preguntas: 1.- ¿Desde cuando se fue usted de su casa? R.- Desde que me hospitalizaron el niño. 2.- ¿Cuanto tiempo tenía cuando lo hospitalizaron? R.- Siete días. Seguidamente se le solicita al ciudadano alguacil haga comparecer a la ciudadana TORO NEIDES, manifestando el ciudadano alguacil que si compareció, en consecuencia hace acto de presencia tomándosele el juramento de ley e identificándose como: TORO MUÑOZ NEIDES ARMENAR, Titular de la cedula de identidad. 11.762.501, residenciada en el barrio Santa Teresa, casa Nª 33, de ocupación del hogar y expuso: “El día viernes 16 de Mayo fue que paso eso, yo a veces me pongo hacer ejercicio y venia bajando de la entra Cristo Rey, mire dos funcionarios de la policía abajándolo de una bicicleta aproximadamente eran como las seis y cuarto yo lo mire a esa hora pero como yo venia trotando seguí para mi casa eso fue lo que yo vi” Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la defensa a los efectos de que efectué las preguntas pertinentes quien lo hizo en los siguientes términos 1.- ¿Ese día 16 de Enero, aproximadamente como a las seis y cuarto, que vio? R.- Yo mire cuando tenían dos muchachos de una bicicleta, me propare y seguí. 2.-¿Que características tenían esos dos jóvenes? R.- El era uno, el otro era un mucho alto flaco. 3.- ¿Y las otras personas quienes eran? R.- Eran policías. 4.- ¿Como eran las características de los funcionarios? R.- Uno era negro alto que tenia algo en la cara, el otro era gordito. 5.- ¿Vio alguna agresión, algo sospechoso? R.- Como siempre hacen los operativos. 6.- ¿Como llega como testigo? R.- Yo he visto al muchacho en la comunidad. 7.- ¿Cómo se entero? R.- Por que cuando yo mire eso, yo le avise a esa señora a la mama de el. 8.- ¿Vio otra cosa aparte de la bicicleta y de los funcionarios? R.- No vi mas nada. Seguidamente se le cede el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público a los efectos de que realice las preguntas pertinentes quien los hizo en los siguientes términos 1.- ¿Me puede decir la fecha en que ocurrieron estos hechos? R.- El 16 de Enero como a las seis y cuarto. 2.- ¿Usted acostumbra a trotar siempre? R.- Si acostumbro hacerlo. 3.- ¿A que distancia se encontraba usted al momento de los hechos?. R.- Como a dos a tres metros aproximadamente. 4.- ¿Donde fue eso? R.- En la entrada del barrio, Cristo rey. 5.-¿ Cuantos funcionarios estaban allí. R.- Dos. ¿Cuantos fueron las personas aprehendidas? R.- Dos. 6.- ¿Que visualizo usted? R.- Lo que observe que los funcionarios le estaban pidiendo la cedula a los muchachos. 7.- ¿Que vio que llevaban, bolsas de compra? R.- No me fije en eso. 8.- ¿Recuerda como andaban vestido los jóvenes aprehendidos? R.- No me di cuenta. Seguidamente la ciudadana Escabino realizo las siguientes preguntas 1.- ¿No identifico el color de la bicicleta? R.- No. 2.- ¿Tiene usted amistad cono los ciudadanos acusados? R.- No, son del vecindario. 3.- ¿Por que vino usted a declarar? R.- Yo fui citada por el tribunal. Seguidamente el ciudadano fiscal solicita el derecho de palabra y cedido como le fue el mismo expuso: “Solicito se active el dispositivo establecido en el artículo 357 del Código Orgánico Procesal Penal, en el ultimo aparte en el sentido que sean traídos a esta sala por la fuerza pública los testigos que no comparecieron y fueron debidamente notificados. Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la defensa quien expuso: “Esta defensa no se opone a lo solicitado por el Fiscal del Ministerio Público”. Seguidamente la ciudadana juez expuso: “ Vista la solicitud la solicitud de Conducción por la Fuerza Publica, interpuesta por el Fiscal del Ministerio Público de conformidad a lo previsto en el artículo 357 del Código Orgánico Procesal Penal norma supletoria de la Ley especial de conformidad a los previsto en el artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y por cuanto consta a las actas procesales que conforman la presente causa la debida notificación del funcionario DARWIN CASTILLO, es por lo que este tribunal acuerda ordenar la conducción por la Fuerza Pública del ciudadano referido ut supra por cuanto se encuentran llenos los extremos previsto en el artículo 357 de la norma procesal penal. Se le hace la advertencia al Fiscal del Ministerio Público que debe colaborar con la diligencia acordada el día de hoy, por ser este la parte que promovió el testimonio del experto cuya conducción se acuerda el día de hoy, asimismo que de no lograrse la Conducción por la Fuerza Pública o no puede ser localizados los expertos, testigos y victimas este Tribunal continuara con la celebración del presente juicio oral y privado prescindiéndose de esos testimonios. De conformidad con lo establecido en el articulo 336 en concordancia con el artículo 357 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda la suspensión del presente juicio oral y privado y se fija la continuación para el día 30 de Julio de 2009 a las 9:30 horas de la mañana. Lìbrese lo conducente. Es todo. Término se leyó y conformes firman. Quedan notificadas las partes de la presente decisión de conformidad a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.

LA JUEZ PROFESIONAL


DRA. MARIA LUCRECIA BUSTOS