REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE





TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO
ACCIDENTAL DEL SISTEMA DE RESPONABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES

San Fernando, 30 de Julio de 2009
199ª y 150ª
JUICIO ORAL Y PRIVADO

En el día de hoy, Treinta (30) de Julio de dos mil Nueve, siendo las 10:00 horas de la mañana, previo compás de espero, se da inicio al acto de continuación del Juicio Oral y Privado del Juicio Oral Privado pautado en la causa 1M-59-09, seguida en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 5 Y 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo, en perjuicio de la ciudadana: SIRIA MARGARITA JIMENEZ QUERALES. Reunidos en la sala de audiencias del Tribunal Mixto de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescentes de este Circuito Judicial Penal del Estado Apure, la Juez Presidenta DRA MARIA LUCRECIA BUSTOS P, los Escabinos ciudadanos: OTILIO JOSE GONZALEZ ABAD (PRINCIPAL) y APONTE CASTELLANO CARMEN MARIA (PRINCIPAL). Seguidamente la Juez Presidenta solicitó a la Secretaria verificar la presencia de las partes, siendo informada por ésta que se encuentran presentes en la Sala de Juicio, el Fiscal Octavo del Ministerio Público DR. JOSE HERNANDEZ, La Defensora Privada, Dra. MARIA ENRRIQUETA SILVA GALLARDO, El acusado previo traslado desde la Comandancia de Policía con las seguridades del caso del adolescente: ORANGEL EUCLIDES MEDINA JIMENEZ, conjuntamente con su representante legal ciudadana: JIMENEZ DE MEDINA ARGELIA TERESA y la victima ciudadana: SIRIA MARGARITA JIMENEZ QUERALES. De seguidas se le recordó a las partes sobre la importancia de este acto y del deber en que se encuentran de mantener la debida compostura durante el desarrollo del debate, indicando a las partes que deben litigar de buena fe, sin temeridad y sin ofender la dignidad de las personas, al acusado que debe estar atenta y no ausentarse de la misma sin la debida autorización del Tribunal y que puede comunicarse con su defensora las veces que lo desee sin que esté declarando, asimismo de conformidad a lo establecido en el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal la ciudadana Juez realizo un resumen de lo acontecido el día 23 de Julio de 2009, fecha esta en la cual se aperturo el presente juicio oral y privado. Seguidamente el ciudadano fiscal solicita el derecho de palabra y cedido como le fue el mismo expuso:”El Ministerio Publico quiere informar que me comunique con el experto DARWIN CASTILLO, sufrió una subida de tensión razón por la cual fue hospitalizado en la clínica del Sur, en virtud de ello me comunique con la doctora que lo atendió la cual me informo que el mismo iba a ser dado de alta el dia de ayer cosa que no fue posible, asimismo quiero informar a este tribunal que el funcionario EDWIN LIENDO, no labora en esta jurisdicción, es por lo que con todo respecto solicito a este honorable Tribunal se invierta el orden de los testimoniales a fin de escuchar el testimonio del ciudadano: JIMENEZ JHONNY HUMBERTO, y se fije una nueva oportunidad a los efectos de escuchar el testimonio del ciudadano DARWIN CASTILLO. Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la defensa quien expuso: “En virtud de la solicitud interpuesta por el ciudadano fiscal del Ministerio Público, esta Defensa Privada, como parte garante que somos no me opongo en absoluto a dicha solicitud por que nosotros estamos interesados en dar veracidad a todo lo que ocurrió, es necesario creé esta defensa que se escuche el testimonio de todos y cada uno de los expertos y testigos que fueron promovidos y admitidos en su oportunidad legal, a fin de que se esclarezcan los hechos”. Seguidamente la ciudadana Juez expuso: “Escuchada como fue la solicitud interpuesta por el ciudadano Fiscal del Ministerio Público se acuerda con lugar su requerimiento, en consecuencia se procede a darle continuidad a la evacuación de las pruebas testimoniales llamando a esta sala de juicio al ciudadano testigo JIMENEZ JHONNY HUMBERTO, haciendo acto de presencia el mismo tomándosele el juramento de ley e identificándose como: JIMENEZ JHONNY HUMBERTO, Titular de la cedula de identidad N° V-13.938.782, nacido en fecha 27/06/78, de ocupación mecánico, trabaja en el taller de su propiedad ubicado cerca de la bomba Girasol, se llama “Amortiguadores Humberto”, residenciado en la Urb. José Antonio Páez casa Nª 33, seguidamente expuso: “Yo estaba en mi casa como a las seis y media mi mama me llamo que la habían despojado de su moto yo me traslade hacia donde ella estaba en el semáforo donde queda Ferretodo entrada al Tamarindo, la busque me la lleve para mi casa la deje y me fui para el Modulo Policial del Tamarindo pusimos la denuncia llamaron en una de esas llamadas, llamaron otra vez que habían agarrado a unos dos sujetos con una mota Vera roja 150, los policías les dijeron que los detuvieran nos trasladamos hasta ya cuando llegamos estaba la moto tenían a dos sujetos tirados allí, detenidos agarre la moto y me fui para la casa”. Seguidamente se le cede el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público a los efectos de que realice las preguntas pertinentes quien los hizo en los siguientes términos: 1.- ¿Recuerda usted exactamente la fecha en que ocurrieron estos hechos? R.- El 16 de Enero. 2.- ¿Aproximadamente que hora era? R.- Seis y media de la tarde. 3.- ¿Cuando usted recibe la llamada de la ciudadana Siria Margarita Jiménez que hace usted? R.- Me traslado para ya, donde estaba ella. 4.- ¿Dónde se encontraba ella? R.- En frente de Ferretodo, en la A.V: Caracas. 5.- ¿Qué hizo al llegar allí? R.- Monte a mi mama y me fui y la lleve a mi casa. 6.- ¿Recuerda el lugar donde le hacen la entrega de la moto? R.- En el Parque de Ferias. 7.- ¿Qué personas observo en el lugar donde se recupero la moto? R.- Varias persona, dos policías y dos que estaban detenidos. 8.- ¿Observo algunas bolsas de compra en el lugar de los hechos? R.- No. 9.- ¿Pudo observar si se encontraba una bicicleta por allí? R.- No. 10.- ¿Repítame las características de los jóvenes aprehendidos? R.- Eran dos uno moreno, cargaba una bermuda y una franela y el otro un jean y una camisa. 11.- ¿Aparte de la incautación de la moto, que mas observo que le incautaron? R.- Los policías estaban hablando que le habían quitado una pistola no se de que calibre decían, que era un 38. Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la defensa a los efectos de que efectué las preguntas pertinentes quien lo hizo en los siguientes términos: 1.-¿Quien lo llamo? R.- Siria Margarita Jiménez 2.- ¿Que hizo después que lo llamo esa persona? R.- Me traslade hacia ya y la monte en mi moto, la lleve a mi casa. 3.-¿ A que hora lo llamaron? R.- A las seis y media de la tarde. 4.- ¿Qué domicilio tiene usted? R.- José Antonio Páez. 5.- ¿Donde trabaja y cual es su horario de trabajo? R.- Trabajo frente a la bomba Girasol, donde tengo mi taller soy dueño, abro a las 8:00 de la mañana, cierro a las doce, abro a las 2:00 y cierro a las 5:00 de la tarde. 6.- ¿En que vehículo se traslado hacia el lugar donde le hicieron la llamada y que características tiene el mismo? R.- En una moto, es una moto jaguar, color azul. 7.- ¿A que numero le realizaron la llamada? R.- Me llamo a mi número 0424-3613692. 8.- ¿Después de llegar al lugar y montar a su madre por que la llevo a su casa? R.- Porque andaba asustada estaba llorando, preferí yo encargarme de eso, como hombre maduro y cristiano. 9.- ¿Qué le dijo su madre en el trayecto? R.- Venia asustada en verdad no me dijo nada. 10.- ¿Por qué tomo la decisión de dirigirse a la Comisaría del Tamarindo? R.- Me quedaba más cerca del José Antonia Páez, al Tamarindo. 11.- ¿Basándose en que argumento usted interpuso la denuncia? R.- Había un grupo de policías le manifesté que le habían robado una moto a mi mama y le di las características y ellos rápidamente agarraron la radio y radiaron. 12.- ¿Que hora eran exactamente cuando usted llego al comando del tamarindo? R.- Como a las siete de la noche. 13.- ¿Usted tiene otros hermanos? R.- Somos tres hermanos. 14.- ¿A que hora llevo a su mama a su casa. R.- A la 6:30 pm. 15.- ¿Que familiares estaban cuando dejo a su mama? R.- Mi esposa nada mas que se estaba preparando que nos íbamos para el culto. 16.- ¿Donde estaba ubicada la moto? R.- En El Parque de Ferias cerca del C.D.I. 17.- ¿Que personas y cuantas estaban allí? R.- Habían bastante, se arrimaba la gente, mas que todo los funcionarios y los dos muchachos que aprehendieron. 18.- ¿Podría decir aproximadamente cuantas personas estaban allí? R.- Como 20 personas. 19.- ¿Cómo se presento usted ante la comisión? R.- Llegue y cuando vi la moto parada me monte y me la lleve. 20.- En que medio de trasporte se dirigió hasta el C.D.I? R.- Con un muchacho que cargaba una moto y lo pare, por que los policías que estaban en el modulo se fueron. 21.- ¿Quién le entrego el vehículo? R.- Ellos estaban aglomerados y como estaba prendida me fui, no se dieron cuanta yo estaba presionado la agarre y se la entregue a mi mama. 22.- ¿Qué le dice usted a su mama cuando usted llega a su casa? R.- Llegue con la moto se la entregue la estuve aconsejando, a mi no me gusta que ella tenga esa moto por que es un vehículo peligroso. 23.- ¿A que hora se fue de allí. R.- Era como a las 7:30 p.m 24.- ¿Usted no la acompaño? R.- No. 25.- ¿Usted rindió declaración en alguna parte? R.- Si, fui a la P.T.J. Seguidamente la ciudadana Escabino realizo las siguientes preguntas: 1.- ¿Usted no se puso nervioso cuando se llevo la moto que lo fuera a perseguir la policía? En verdad que no. Seguidamente el ciudadano Escabino realizo las siguientes preguntas. 1.- ¿Usted no identifico a los sujetos que estaban en el piso . R.- había uno alto, y un moreno bajito. 2.- ¿En ese momento le hicieron entrega de la moto los policías R.- No yo me la lleve. 3.- ¿En el momento en que lo llamo su mama en que lugar usted se encontraba? R.- En mi casa. 4.- ¿En cuanto tiempo tardo la policía para decomisar la moto. R.- No tengo idea porque fue algo rápido. Seguidamente la ciudadana Juez expuso: “Vista la solicitud del ciudadano Fiscal en cuanto que se fije una nueva oportunidad a los efectos de que se escuche al experto DARWIN CASTILLO, este Tribunal acuerda fijar la continuación del presente juicio dentro de un lapso prudencial, es por lo que de conformidad con lo establecido en el articulo 336 se acuerda la suspensión del presente juicio oral y privado y se fija la continuación para el día 07 de Agosto de 2009 a las 9:30 horas de la mañana. Librese lo conducente. Es todo. Término se leyó y conformes firman. Quedan notificadas las partes de la presente decisión de conformidad a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.

LA JUEZ PROFESIONAL

DRA. MARIA LUCRECIA BUSTOS

LOS ESCABINOS:

OTILIO JOSE GONZALEZ ABAD
(PRINCIPAL)


APONTE CASTELLANO CARMEN MARIA
(PRINCIPAL).


EL FISCAL DEL MINISTERIO PÙBLICO

DR. JOSE HERNANDEZ


EL ACUSADO

IDENTIDAD OMITIDA,
de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente

LA REPRESENTANTE DEL ADOLESCENTE

JIMENEZ DE MEDINA ARGELIA TERESA

LA VICTIMA

SIRIA MARGARITA JIMENEZ QUERALES

LA DEFENSORA PRIVADA

DRA. MARIA ENRRIQUETA SILVA GALLARDO

LA SECRETARIA

GRECIA GRISET GARCIA RANGEL
CAUSA Nª 1M-59-09