REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO, (01) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE (2.009).-
199° y 150°
Al folio 19 cursa acta contentiva del convenio de Régimen de Convivencia Familiar suscrito ante este Despacho por los ciudadanos MANUEL ALEJANDRO PEREZ CORDERO y BLEKSYCA MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 13.256.121 y 14.390.636 a favor de su hija niña (Se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), quienes llegaron al siguiente acuerdo: Primero: El ciudadano MANUEL ALEJANDRO PEREZ CORDERO podrá buscar a su hija los días sábados a las 10:00am., y la reintegrara el domingo a las 9:00pm., cada quince días. Segundo: Día del padre con el padre. Tercero: Día de la madre con la madre. Cuarto: Carnavales: con la madre y semana santa con el padre y viceversa. Quinto: En las vacaciones del mes de agosto el padre buscara a la niña en la mañana y la reintegrara en la noche, durante 15 días. Sexto: 24 y 25 de Diciembre la niña lo pasara con el padre y 31 y 01ero. con la madre (el próximo año lo modificaran.) Sexto: Dos días a la semana el padre retirara a la niña al colegio y la llevara a la casa de la madre hasta las 8:00pm (los días lunes y miércoles) En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el Convenimiento efectuado por los ciudadanos MANUEL ALEJANDRO PEREZ CORDERO y BLEKSYCA MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 13.256.121 y 14.390.636 a favor de su hija niña (Se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), en los términos antes expuesto de conformidad con lo establecido en los Artículo 315 y 360 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. Cúmplase.
La Juez Unipersonal
Dra. MARGARITA CASTILLO
El Secretario
Abg, FREDDYS MARTINEZ.
Seguidamente se publicó y se registró la anterior decisión siendo las 02:00 p.m.- El Secretario
Abg, FREDDYS MARTINEZ.
Exp. Nº 17.579/sore
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