REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO DE APURE, SIETE (07) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE (2.009).-
199° y 150°
Vista la diligencia inserta al folio 13 de los autos de fecha 09-06-09, suscrita por la ciudadana CARMEN AIDEMAR HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.756.489, mediante la cual la referida ciudadana DESISTE del presente procedimiento de Autorización Judicial para Cobro de Beneficios Sociales a favor de sus hijos HNOS. (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), por cuanto existe la causa Nº 569 de la nomenclatura de este Tribunal, la cual es contentiva del mismo objeto y beneficiarios y se encuentra Sentenciada, consignando copia fotostática de la misma, consecuencia, esta Sala de Juicio N° 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con sede en San Fernando de Apure, Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, HOMOLOGA dicho desistimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre y archivo del expediente respectivo.- Cúmplase.-
La Juez Unipersonal Nº 1.,
Dra. MARGARITA CASTILLO
El Secretario.,
Abg. FREDDYS ADRIAN MARTINEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-
El Secretario.,
Abg. FREDDYS ADRIAN MARTINEZ
MC/homer.-
Exp. N° 1.265.-
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