LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
San Fernando de Apure, 03 de Julio del año 2009
199° y 150°
Vista la anterior Transacción, de fecha 20 de Mayo de 2009, suscrita por la ciudadana KATIUSKA SALAS JIMÉNEZ, en su carácter de parte demandada del presente juicio, por una parte, y el abogado en ejercicio FREDDYS NEPTALÍ BLANCO, en su carácter de autos en el presente Juicio. Y por cuanto tal actuación versa sobre derechos disponibles este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.
Se declara concluido el presente juicio y el Tribunal se abstiene de archivar el presente expediente, hasta tanto, la parte demandada cumpla con lo acordado en la transacción judicial. Igualmente se ordena mantener la medida de embargo preventivo decretada por este Tribunal y ejecutada por el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Achaguas, hasta tanto conste en autos el cumplimiento de la obligación acordada
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, a los (03) días del mes de Julio del año 2009.
LA JUEZ,
Dra. ANAID C. HERNANDEZ
SECRETARIO TEMPORAL
Abg. FRANCISCO REYES
En esta misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión.
SECRETARIO TEMPORAL
Abg. FRANCISCO REYES
AHZ/FR/A.A.F.T
Exp. 15.489
|