REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DEL ESTADO APURE.-

San Fernando de Apure, 02 de Julio de 2009.

199° y 150°.

Vista la Solicitud signada con el Nº. 09-181, presentada por la ciudadana CARMEN YUDITH DEL MILAGRO LANDAETA JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 4.998.780, de este domicilio; quien ha solicitado se le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su solicitud, y vistas y oídas como fueron las mismas y las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, y encontradas conforme. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre una casa que con dinero de su propio peculio y a sus solas y únicas expensas ha construido, que constituyen he integran dos (02) niveles consistente en: El primero consta de dos (2) habitaciones, con puertas de hierro, una sala-recibo, una (1) cocina, con piso de cerámica; dos (2) salas de baños, con piso y paredes revestidas de cerámicas, techo de platabanda; un garaje, una (1) jardinera totalmente cercada con paredes de bloques, con puertas y rejas de hierro, piso de terracota; un garaje con piso rustico de cemento y portón de hierro; el segundo nivel está construido por tres (3) habitaciones con puertas de hierro, cocina-comedor, piso de terracota, dos (2) salas de baño, un balcón, diez (10) ventanas de hierro y techo de platabanda. Dichas bienhechurías están construidas sobre un área de terreno de su propiedad, según consta de consta de AUTORIZACIÓN para tramitar y registrar Título Supletorio, otorgada por la Sindicatura de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure anexo a la Solicitud, constante de CUARENTA Y DOS METROS CON SEIS CENTIMETROS (42,6 M2), ubicado en el Barrio Antonio José de Sucre, en esta ciudad de San Fernando de Apure, jurisdicción del Municipio San Fernando, Estado Apure, y se encuentran comprendidas dentro de los siguientes linderos: Norte: Casa de la familia Luna, con Doce Metros con sesenta centímetros (12,60 Mts.); Sur: Casa de la Familia Martínez, con nueve metros con sesenta centímetros (9,60 Mts.); Este: Calle Muñoz Terán, con ocho metros con sesenta centímetros (8,60 Mts.) y Oeste: Familia Farfán, con once metros con veintiséis centímetros (11,60 Mts.); en las cuales ha invertido la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 250.000,00).- Bienhechurías estas que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, las cuales se encuentran, fomentadas a las únicas y propias expensas de la ciudadana CARMEN YUDITH DEL MILAGROS LANDAETA JIMENEZ, plenamente identificada. Se ordena devolver estas resultas al solicitante.-

La Juez,

Abog. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.

La Secretaria,


Abog. LUZ MARINA SILVA PEREZ.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de ( ) folios útiles, y quedó anotado en el punto Nº. , folio del Libro Diario.-

La Secretaria,


Abog. LUZ MARINA SILVA PEREZ.
Pmsd.-