REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS
DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE

SOLICITUD Nº 09-92
MATERIA TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: NAVARRO FELIX MARIA.
ABOGADO ASISTENTE: RIVERO MELECIO JULIA.

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: NAVARRO FELIX MARIA, titular de la cèdula de Identidad Nº 8.163.388, asistido por la Abogado en ejercicio JULIA RIVERO MELECIO, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 68.719, así como las declaraciones de sus testigos. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o ha alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor del ciudadano: NAVARRO FELIX MARIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cèdula de Identidad Nº 8.163.388, domiciliado en la Parroquia Mucuritas, Municipio Achaguas del Estado Apure, sobre unas Bienhechurias que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este tribunal, Conformadas por Una (01) casa de habitación familiar, de construcción mampostería, la cual consta de Tres (03) habitaciones, una sala, cocina-comedor y sus servicios de agua, Un (01) pozo de 12 metros de profundidad y su respectiva bomba para la extracción de agua, Un (01) patio sembrado de árboles frutales, Dos (02) corrales para el ganado, Un (01) comedero para el ganado; el referido lote de terreno se encuentra todo cercado perimetralmente con alambre de púa, con cinco divisiones de potreros, los cuales se encuentran sembrados en un cincuenta por ciento (50%) de pastos mejorados, con cinco (5) hectáreas (has), sembradas de topocho, yuca, caña y maíz. cuyas bienhechurias se encuentran construidas sobre un terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras el cual le fue otorgado, presentando Carta Agraria expedida por el Instituto Nacional de Tierras; el mismo se encuentra ubicado en el Asentamiento Campesino Mucurita I, Sector Estero Largo, jurisdicción de la Parroquia Mucuritas, del Municipio Achaguas, Estado Apure, en una superficie de SESENTA HECTAREAS (60 Has) alinderado de la siguiente manera: NORTE: Carretera Nacional; SUR: Potrero de Tua Moreno; ESTE: Potrero ocupado por Martín Santa Ana; y OESTE: Terrenos ocupados por Candido Moreno; siendo el valor de las Bienhechurias de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.250.000,oo. ºº) fomentadas a las únicas y propias expensas del ciudadano: NAVARRO FELIX MARIA. Devuélvase original de estas resultas al solicitante y dejar copia certificada de lo actuado, quedando anotado en el libro de solicitudes llevados por este tribunal durante el presente año 2.009 bajo el Nº 09-92.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Articulo 72 Ordinales 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Prim

ero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Veinte (20) días del mes de Julio del año dos mil Nueve (2.009). Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.-
EL JUEZ,

DR. WILMER JOSE PEREZ CELIS

LA SECRETARIA

ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR


En esta misma fecha, siendo las 2:00 p.m.- se publicó y se registró la anterior Sentencia.

LA SECRETARIA,

ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR
DR. WJPC/ZDV/NS.-