REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 22 de Junio de 2.009
190º y 150°
Causa: 3C- 216-09
La presente causa es seguida en contra del ciudadano ELIAVIN RAFAEL GUERRA, titular de la cedula de identidad Nº 16.529.219, a través de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial representada por la ABOG. ISMENIA MENDEZ; quien en fecha 15 de Julio de 2008, solicitó el Sobreseimiento de la presente causa, de acuerdo a lo establecido con el ordinal 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, para lo cual este Tribunal acordó fijar Audiencia Especial de conformidad con el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual se realizó el 22 de Junio de 2009, en virtud del caso en particular, tanto imputado como victima fueron notificados según lo establecido en el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal, la Defensa Pública ratifica en Audiencia la solicitud de Sobreseimiento realizada por la Fiscalia Segunda del Ministerio Público. Por lo que se acuerda el Sobreseimiento de la presente causa, a favor del imputado ELIAVIN RAFAEL GUERRA.
De las actas que conforman la presente causa, se evidencian los siguientes hechos:

El ciudadano Fiscal Segundo del Ministerio Público ABOG. CARLOS IZARRA, en Audiencia Especial de fecha 22-06-2009, ratifica la solicitud de sobreseimiento de fecha 15-07-2008, a lo cual se adhirió la Defensa Pública, conforme a lo establecido en el ordinal 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se decrete el sobreseimiento de la causa conforme a lo establecido en el mencionado artículo.

En esta misma fecha, se llevó a efecto Audiencia Especial a los fines de debatir con las partes, los fundamentos de la solicitud de Sobreseimiento, tal y como lo establece el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, observando que ciertamente en vista de las reiteradas incomparecencias tanto del imputado como de la victima, este Tribunal notifica a los mismo de conformidad con lo previsto en el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal. Según lo solicitado por la Defensora Pública y por él Fiscal Segundo del Ministerio Público en la Sala de Audiencia, generando como efecto de lo manifestado, la posterior declaratoria de Sobreseimiento de la presente causa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal.

A tal efecto cumplidos como han sido los requerimientos legales exigidos en el artículo 323 y 318 numeral 4º, y del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, que le fue seguida al Ciudadano ELIAVIN RAFAEL GUERRA, titular de la cedula de identidad Nº 16.529.219. Y ASÍ SE DECIDE.-

DECISIÓN

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la ley le confiere, acuerda: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano ELIAVIN RAFAEL GUERRA, titular de la cedula de identidad Nº 16.529.219, todo de conformidad a lo establecido en los artículos 323 y 318 ordinal 4º º ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Diarícese y notifíquese.
LA JUEZ TERCERO DE CONTROL,


ABOG. NORKA MIRABAL RANGEL