REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
CORTE DE APELACIONES
San Fernando de Apure 26 de marzo de 2009
198 ° Y 150°
CAUSA N°
1Aa -1708-09
JUEZ PONENTE:
ANA SOFÍA SOLÓRZANO
MOTIVO DE CONOCIMIENTO:
ADMISIÓN DE APELACIÓN DE AUTO
PENADO:
WENDER JUAN CARLOS BRAVO CASTILLO.
VÍCTIMA:
ROSA MARIA CENTENO CARVAJAL.
DELITO:
HOMICIDIO CALIFICADO.
Corresponde a esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, pronunciarse de conformidad con lo establecido en el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, sobre la Admisión o no del Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el profesional del derecho OSCAR ALEXANDER PARRA, en su condición de defensor público del Estado Apure, extensión Guasdualito, en la causa Nº 1E-149-99, nomenclatura del Tribunal Primero de Ejecución y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, extensión Guasdualito, seguida al ciudadano WENDER JUAN CARLOS BREVO CASTILLO y signada en esta Superior Instancia bajo el Nº 1Aa-1708-09, contra la decisión dictada en fecha 19 de febrero de 2009, por el delito de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el artículo 408, númeral 2 del Código Penal Vigente, en perjuicio de la ciudadana Rosa Margarita Centeno Carvajal.
Para su admisibilidad, la Corte de Apelaciones observa lo siguiente:
Desde los folios tres (03) al nueve (09) de la causa, riela escrito de Apelación de Auto, el cual es ejercido en fecha 06 de marzo de 2009, por el abogado Oscar Alexander Parra, actuando en su carácter defensor público; en tal sentido, se desprende que el referido profesional del derecho, tiene la condición de legitimidad y agravió exigido por la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 433 y 436 del Código Orgánico Procesal Penal.
Consta en Cómputo de fecha 25 de marzo de 2009, que desde el 19 de febrero del año 2009, fecha en que se dicto la sentencia donde negó la garcía de conmutación de la pena en confinamiento solicitada por el penado, hasta el 06 de marzo de 2009 fecha en que el profesional del derecho Oscar Alexander Parra, en su condición de defensor público, interpone el Recurso de Apelación, transcurrieron un (01) día hábil, discriminado así: Jueves 05 de marzo de 2009; dejando constancia que el Abogado Oscar Alexander Parra, interpone el recurso en tiempo hábil. En fecha 12 de marzo de 2009, se notificó del emplazamiento al Fiscal Tercero del Ministerio Público para que de contestación al recurso transcurriendo tres (03) días hábiles, quedando discriminados de la siguiente manera: lunes 16 de marzo de 2009, martes 17 de marzo de 2009 y miércoles 18 de marzo de 2009, lo que significa que dio contestación al Recurso de Apelación en tiempo hábil.
Asimismo, observa ésta Sala, que el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Oscar Alexander Parra, en su condición de defensor público, se encuentran excluido de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que esta Superior Instancia considera admisible el presente recurso. Y así se declara.
Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: SE ADMITE el Recurso de Apelación de auto ejercido por el Profesional del Derecho OSCAR ALEXANDER PÀRRA, en su condición de defensor público, en la causa Nº 1E-149-99 nomenclatura del Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, extensión Páez Guasdualito, contra la decisión de Auto de fecha 19 de febrero de 2009; y signada en esta Superior Instancia bajo el Nº 1Aa-1708-09; en virtud de ser ésta impugnable y recurrible, conforme a los artículos 432 y 447 del Código Orgánico Procesal Penal. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal. Provéase lo conducente. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en San Fernando de Apure, a los veintiséis (26) días del mes de marzo del año 2009.
WILMER MARGARITA ARANGUREN TOVAR.
JUEZ (S) SUPERIOR DE LA CORTE DE APELACIONES.
ANA SOFÍA SOLÓRZANO ALBERTO TORREALBA LOPEZ
JUEZ SUPERIOR JUEZ SUPERIOR
(PONENTE)
KATIUSKA SILVA
SECRETARIA
CAUSA N ° 1Aa -1708-09
WAT/KS/mc.-