REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE





TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES

San Fernando de Apure, 10 de Marzo de 2009.
197° y 148°
ACTA DE DIFERIMEINTO DE JUICIO ORAL Y PRIVADO
En el día de hoy Diez (10) de Marzo del año Dos Mil Nueve, siendo las 10:00 horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el JUICIO ORAL Y PRIVADO, en la causa N° 1M-57-08. Seguida contra: IDENTIDAD OMITIDA, según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niño, Niña y del Adolescente, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 5 de Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: RODRIGUEZ HERRERA RAFAEL ANDRES. Reunidos en la sala de audiencias del Tribunal Mixto de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescentes de este Circuito Judicial Penal del Estado Apure, la Juez Presidenta DRA. MARIA LUCRECIA BUSTOS P, los Escabinos ciudadanos: BOLIVAR MACERO DOUGLAS GERARDO (PRINCIPAL), ZAPATA PEREZ ROMMYS (PRINCIPAL) FERNANDEZ MORALES HUGO DE JESUS SUPLENTE (SUPLENTE). Seguidamente la Juez Presidenta solicitó a la Secretaria verificar la presencia de las partes, siendo informada por ésta que se encuentran presentes en la Sala de Juicio, la Fiscal Octava del Ministerio Público (Encargada) DRA. MARIA CAROLINA ALBARRAN MENDEZ, la defensora Pública DRA. ROSELIN CELIS mas no así el acusado en la presente causa ciudadano: IDENTIDAD OMITIDA y la victima RODRIGUEZ HERRERA RAFAEL ANDRES, quienes fueron debidamente notificados. Acto seguido la ciudadana Fiscal solicita el derecho de palabra y cedido como le fue el mismo expuso: “Ciudadana Juez solicito respetuosamente a este Tribunal se difiera el Juicio fijado para el día de hoy en la presente causa, por cuanto no fui habilitada a los efectos de asistir a los Juicio Orales y Privados, encontrándome encargada de la Fiscalia Octava del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial solo hasta el día jueves 12 de Marzo de 2009” Seguidamente la ciudadana Juez expone: “Visto lo manifestado por la ciudadana Fiscal del Ministerio Público así como la incomparecencia tanto del acusado como de la victima siendo la presencia de los mismos indispensable para la celebración del juicio oral y privado, es por lo que se acuerda diferirlo para el día 14 de Abril de 2008 a las 9:30 a.m. Igualmente se insta tanto al Ministerio Público como a la Defensa de que tramiten lo conducente a los efectos de que asistan tanto la victima como el acusado el día pautado para la celebración del acto respectivo. Quedan notificadas las partes asistentes de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, norma supletoria aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño del Adolescente. Notifíquese a los ausentes. Líbrese lo conducente. Es todo, terminó, se leyó conformes firman:
LA JUEZ,

DRA. MARIA LUCRECIA BUSTOS P.

ESCABINOS


BOLIVAR MACERO DOUGLAS GERARDO
(PRINCIPAL)


ZAPATA PEREZ ROMMYS
(PRINCIPAL)


FERNANDEZ MORALES HUGO DE JESUS SUPLENTE
(SUPLENTE).



LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO (ENCARGADA)


DRA. MARIA CAROLINA ALBARRAN MENDEZ



LA DEFENSORA PÚBLICA


DRA. ROSELIN CELIS


LA SECRETARIA


GRECIA GRISET GARCIA RANGEL


CAUSA 1M-57-08