AREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE





TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES

San Fernando de Apure, 26 de Marzo de 2009
197° y 148°
JUICIO ORAL Y PRIVADO

En el día de hoy Veintiséis (26) de Marzo del año Dos Mil Nueve, siendo las 09:00 horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el JUICIO ORAL Y PRIVADO, en la causa N° 1M-56-09, seguida contra: IDENTIDAD OMITIDA, Titular de la cedula de identidad Nª 21.317.526, por el delito de ROBO AGRAVADO Y LESIONES PERSONALES EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO, previsto en los artículos 458 Y 416 del Código Penal Venezolano. Reunidos en la sala de audiencias del Tribunal Mixto de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescentes de este Circuito Judicial Penal del Estado Apure, la Juez Presidenta DRA. MARÍA LUCRECIA BUSTOS P, los Escabinos ciudadanos: BRUMELLYS DEL VALLE ARAUJO (PRINCIPAL) JUAN CARLOS CORREA (PRINCIPAL). Seguidamente la Juez Presidenta solicitó a la Secretaria verificar la presencia de las partes, siendo informada por ésta que se encuentran presentes en la Sala de Juicio, la Defensora Pública, Dra. CAROL PADRINO, el acusado IDENTIDAD OMITIDA, conjuntamente con su representante legal ciudadana: JIMENEZ DE MEDINA ARGELIA TERESA más no así la victima y el Fiscal Octavo del Ministerio Público DR. JOSÉ HERNANDEZ, el cual según información extraoficial se encuentra de curso en la mañana de hoy en la sede la Fiscalia del Ministerio Público. Seguidamente La ciudadana Juez expone: “Visto lo manifestado por la ciudadana secretaria de lo cual se evidencia la incomparecencia de la victima en la presente causa ciudadano: ZHENG ZHAOHUI, del cual no consta su debida notificación, pese de haber sido librada por este Tribunal la boleta respectiva, de manera oportuna y de haber sido requerida mediante oficio N° 22-09, dirigido al Jefe del Área de Alguacilazgo, en fecha 20 de Marzo de 2009, conjuntamente con las demás resultas de las notificaciones de los expertos y testigos, es por lo que este Despacho acuerda Oficiar al Presidente de este Circuito Judicial Penal a fin informarle de la referida situación y al Jefe del Área de Alguacilazgo. Asimismo se acuerda diferir el presente Juicio Oral y Privado para el día 28 de Abril de 2009 a las 9:00 horas de la mañana. Quedan notificadas las partes asistentes de conformidad a lo establecido al artículo 175 del Código Orgánico Penal, norma supletoria aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente. Líbrese lo conducente. Es todo. Terminó se leyó conformes firman.

LA JUEZ

DRA. MARIA LUCRECIA BUSTOS P.


LOS ESCABINOS

BRUMELLYS DEL VALLE ARAUJO
(PRINCIPAL)

JUAN CARLOS CORREA
(PRINCIPAL)

LA DEFENSA

DRA. CAROL PADRINO

EL ACUSADO

IDENTIAD OMITIDA

LA REPRESENTANTE LEGAL DEL ADOLESCENTE


JIMENEZ DE MEDINA ARGELIA TERESA


LA SECRETARIA


GRECIA GRISET GARCIA RANGEL

CAUSA 1M-56-08