REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN L.O.P.N.A

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DE ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO DE APURE, (04) DE MARZO DEL AÑO DOS MIL NUEVE (2009).-

198° Y 149°

Visto el pedimento y definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 13-01-2.009 se ordena su ejecución.- En consecuencia el Tribunal acuerda expedir copias fotostáticas certificadas y remitir de la misma junto con oficios a las Autoridades Civiles competentes a fin de estampar la respectiva Nota Marginal en el acta de matrimonio de los ciudadanos WILLIAM ANTONIO MAYORCA RODRIGUEZ y AURIS DEL CARMEN HURTADO VILLAZANA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 8.913.059 y 15.999.800, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Por cuanto de la Revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, se evidencia que el mismo se encuentra concluido y no habiendo mas actuaciones que practicar; se acuerda remitir la causa al Archivo Judicial de este Estado.- Cúmplase. Líbrese lo conducente.

La Juez Unipersonal.-

Dra. MARGARITA CASTILLO.-

El Secretario Temp,


Abg. FREDDYS MARTINEZ.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-

El Secretario Temp,


Abg. FREDDYS MARTINEZ..

Exp. Nº 17.629
Mc/sore.-