REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO,
SEIS (06) DE MARZO DEL AÑO DOS MIL NUEVE (2.009).-
198º y 150º
Visto el contenido del acta procesal que antecede de fecha 02-03-09, suscrita por el ciudadano (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) beneficiario en la presente causa, en la cual solicita al Tribunal se sirva decretar la Extinción de la presente causa por cuanto reside con el padre ciudadano MARIO ALBERTO ROJAS y el mismo cubre todos los gastos ocasionados por su hijo, en consecuencia, y en atención al planteamiento formulado, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EXTINGUIDO EL PRESENTE PROCESO, de conformidad con lo establecido en el articulo 383 de la Ley Orgánica de la Protección del Niño y del Adolescente por cuanto el beneficiario ciudadano (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), reside con su padre ciudadano MARIO ALBERTO ROJAS, quién cubre todos los gastos ocasionados por su hijo.- Se ordena Revocar todas las medidas de retención contra el obligado ciudadano MARIO ALBERTO ROJAS, para lo cual se libra oficio al organismo empleador.- Y ASI SE DECIDE EXPRESAMENTE.-
Regístrese y Publíquese el presente auto.- Cúmplase. –
La Juez Unipersonal.,
DRA .MARGARITA CASTILLO
El Secretario Temp.,
Abg. FREDDYS ADRIAN MARTINEZ
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
El Secretario Temp.,
Abg. FREDDYS ADRIAN MARTINEZ
MC/homer.-
Exp. Nº 12.545.-
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