REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO, NUEVE (09) DE MARZO DEL AÑO DOS MIL NUEVE (2.009).-
198° y 150°
PARTES: YENNY JOSEFINA LUGO LUGO Y CESAR MANUEL TOLEDO LEON
Visto el pedimento anterior y definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 20-02-09, se ordena su ejecución de conformidad con lo establecido en el Artículo 492 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente en concordancia con lo pautado en el Artículo 523 y siguiente del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, se acuerda expedir copia certificada de la Decisión y junto con oficio remítase a las Autoridades Civiles correspondientes, a los fines de estampar la nota marginal en la Partida de Nacimiento N° doscientos cincuenta y cinco (255) de fecha 25-03-2.008, en la cual se estableció el Reconocimiento Judicial de la filiación entre la niña Se omite de conformidad con el Art. 65 de la Ley Orgánica de Protección del niño, Niña y Adolescente, y el Ciudadano CESAR MANUEL TOLEDO LEON.- Líbrese lo conducente.-
La Juez Titular.,
Dra. MARGARITA CASTILLO.
El Secretario Temporal,
Abg. FREDDYS MARTINEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-
El Secretario Temporal,
Abg. FREDDYS MARTINEZ
MC/José.-
Exp. Nº 16.987.-
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