REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO, NUEVE (09) DE MARZO DEL AÑO DOS MIL NUEVE (2.009).-

198° y 150°


PARTES: YENNY JOSEFINA LUGO LUGO Y CESAR MANUEL TOLEDO LEON

Visto el pedimento anterior y definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 20-02-09, se ordena su ejecución de conformidad con lo establecido en el Artículo 492 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente en concordancia con lo pautado en el Artículo 523 y siguiente del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, se acuerda expedir copia certificada de la Decisión y junto con oficio remítase a las Autoridades Civiles correspondientes, a los fines de estampar la nota marginal en la Partida de Nacimiento N° doscientos cincuenta y cinco (255) de fecha 25-03-2.008, en la cual se estableció el Reconocimiento Judicial de la filiación entre la niña Se omite de conformidad con el Art. 65 de la Ley Orgánica de Protección del niño, Niña y Adolescente, y el Ciudadano CESAR MANUEL TOLEDO LEON.- Líbrese lo conducente.-
La Juez Titular.,

Dra. MARGARITA CASTILLO.

El Secretario Temporal,

Abg. FREDDYS MARTINEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-
El Secretario Temporal,

Abg. FREDDYS MARTINEZ



MC/José.-
Exp. Nº 16.987.-