REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 10 de MAYO de 2.009
198º y 150º

DECISIÓN DE AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADO

CAUSA N° 3C-1.804-09
JUEZ : ABOG. NORKA MIRABAL RANGEL
PROCEDENCIA: FISCALIA 04° DEL MINISTERIO PÚBLICO.
DEFENSOR: DR. JACKSON CHOMPRE LAMUÑO
VÍCTIMA : COOPERATIVA KAJAILI
SECRETARIO: ABG. MARIA GABRIELA FERRER
IMPUTADO (S) JOSE ANGEL PEREZ TORRES, Titular de la cedula de Identidad Numero V-17.396.037, Nacido el 27-07-76, en San Fernando de Apure, Estado Apure, de 31 años, Residenciado en la Calle Ruiz Pineda, frente a la Escuela Básica Luís Felipe Marcano, casa Nº 24, San Fernando de Apure, Estado Apure. De Profesión u Oficio Obrero. Hijo de Alejandro Pérez Escobar (F) Maria Pérez Torres (V) quien reside en la misma dirección del imputado
Realizada como fue la audiencia de presentación de imputados, del ciudadano JOSE ANGEL PEREZ TORRES, Titular de la cedula de Identidad Numero V-17.396.037 y oída como fue por el Tribunal las peticiones de las partes, el Tribunal a los fines de resolver observa:
Oída la exposición fiscal, y lo expuesto por la defensa, este Tribunal a los fines de decidir observa: PRIMERO: por cuanto de la revisión de las actas que conforman el presente asunto, así como del acta de investigación penal cursante al folio tres (03), se evidencia que la aprehensión del ciudadano presente en la sala fue con ocasión a la supuesta comisión de un delito que no esta tipificado como de acción publica, sino por el contrario, a instancia de parte agraviada, razón por la cual, oídas las solicitudes del Ministerio publico a la cual se adhirió en su totalidad el defensor, este tribunal decreta LIBERTAD PLENA al ciudadano supra identificado y la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Publico a los fines legales consiguientes. Y ASI SE DECIDE.


DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:

UNICO: LIBERTAD PLENA al ciudadano JOSE ANGEL PEREZ TORRES, Titular de la cedula de Identidad Numero V-17.396.037, Nacido el 27-07-76, en San Fernando de Apure, Estado Apure, de 31 años, Residenciado en la Calle Ruiz Pineda, frente a la Escuela Básica Luís Felipe Marcano, casa Nº 24, San Fernando de Apure, Estado Apure. De Profesión u Oficio Obrero. Hijo de Alejandro Pérez Escobar (F) Maria Pérez Torres (V) quien reside en la misma dirección del imputado, y la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Publico a los fines legales consiguientes. Quedan notificadas las partes de la presente decisión de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo termino se leyó y conformes firman.
JUEZ TERCERO DE CONTROL

ABOG. NORKA MIRABAL RANGEL