REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 18 de mayo de 2.009
198º y 149º

SOBRESEIMIENTO

CAUSA N° 3C-61- 09
JUEZ : ABOG. NORKA MIRABAL RANGEL
PROCEDENCIA: FISCALIA 5° DEL MINISTERIO PÚBLICO.
VÍCTIMA : JOSEFINA JIMENEZ
SECRETARIO (A): ABG. MARIA MERCEDES ANZOLA
IMPUTADO (S) RUBEN DE JESUS RABAGO TOVAR
DELITO (S) VIOLENCIA FISICA

Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO que conforme al artículo 318, numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48, numeral 8° eiusdem, presentare la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico, y recibida en este Tribunal en fecha 04 de Marzo de 2009, en virtud del inicio de las actividades del Tribunal Tercero de Control, conforme a la resolución Nº 01-2009 emanada de la Presidencia del Circuito judicial del Estado Apure; a los fines de decidir observa:
DE LOS HECHOS
Establece el Ministerio Publico para solicitar el sobreseimiento, que en fecha 22-02-08, tuvo conocimiento de un hecho punible, de acción publica, motivo por el cual apertura la investigación signada con el N° 04-F9-0087-08, por la comisión de un delito previsto y sancionado en la ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, como lo son Violencia Física, establecido en el articulo 42, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una vida libre de Violencia, donde es victima JOSEFINA JIMENEZ, … según los hechos narrados por la victima: “Mi esposo de nombre RUBEN RABAGO llego... y me dijo molesto y agresivo que el no contaba con nadie.. y esta mañana me siguió reclamando que el no me ayudaba a resolver los problemas amenazándome que se iba a buscar otra mujer, … entonces el me golpeo en la cara hinchándome un ojo y yo trate de defenderme pero por la diferencia de fuerza no le hice ningún tipo de daño… Es todo (folio 06)
Al folio 12, cursa Auto de Inicio de las Investigaciones, mediante el cual el Ministerio Público, acordó la realización de las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos.
Ahora bien, Considera el Ministerio Publico que los hechos que dieron lugar al inicio de la investigación si bien, se encuentran adecuados al tipo penal establecido en los artículos 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una vida libre de Violencia, estando individualizado el imputado identificado como RUBEN DE JESUS RABAGO TOVAR sin embargo, expone la vindicta publica, que durante la fase investigativa no se recabaron suficientes elementos probatorios para que pueda ejercer fundadamente una acusación penal en contra del imputado, aunado al hecho de que a pesar del tiempo no existe posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, no habiendo bases sólidas y contundentes para solicitar enjuiciamiento del imputado; y con tal carácter solicita el decreto de SOBRESEIMIENTO.
En éste sentido, de acuerdo a la revisión del asunto, verificó el tribunal que evidentemente a pesar de haberse cometió un hecho punible, proseguible de oficio, no se recabaron suficientes elementos que demuestren la culpabilidad del imputado, y tomando en consideración el tiempo transcurrido, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación que den base para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado, así como la falta de testigos que depongan sobre los hechos, por lo que seria inoficioso seguir con el procedimiento, por cuanto no existen razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación, e insistir en mantener un proceso ante el Órgano jurisdiccional seriar retardar una decisión que en definitiva va a ser la misma que deba pronunciarse si se llegase al debate, de conformidad con el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal.
DECISION
Por las razones que anteceden el Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a los parámetros de los artículos 318 numeral 4°, del Código Orgánico Procesal Penal, decreta: el Sobreseimiento de la causa seguida a RUBEN DE JESUS RABAGO TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.687.327. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

LA JUEZA TERCERO DE CONTROL

NORKA MIRABAL RANGEL