REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 05 de Mayo de 2.009
198º y 150º


SOBRESEIMIENTO

CAUSA: 3C- 1439-09
IMPUTADO: JANER ANTONIO PEREZ FRANCO
VICTIMA: AURA CECILIA OJEDA RUIZ
DELITO: VIOLENCIA PSICOLOGICA y AMENAZA
PROCEDENCIA: FISCALIA QUINTA DEL MINISTERIO PÚBLICO

Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO, que conforme a lo establecido en el artículo 318, numeral 4° eiusdem, presentare la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico, y recibida en este Tribunal en fecha 03 de Marzo de 2009, en virtud del inicio de las actividades del Tribunal Tercero de Control, conforme a la resolución Nº 01-2009 emanada de la Presidencia del Circuito judicial del Estado Apure; a los fines de decidir observa:
DE LOS HECHOS

Establece el Ministerio Público para solicitar el sobreseimiento, que la investigación se inicio en fecha 14 de Junio del 2008, en virtud de denuncia interpuesta por la ciudadana AURA CECILIA OJEDA RUIZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 25.134.533, por ante el Destacamento de Fronteras N° 63 del Comando Regional N° 6 de la Guardia Nacional Bolivariana, Mantecal del Estado Apure, quien expuso: “mi esposo me ofende con malas palabras, me grita me corre de la casa yo lo que quiero que me de la parte de la casa y del negocio lo que me corresponde en 21 años de estar con el y 14 de casada tenemos una bodega pequeña donde el no me deja manejar un bolívar…. El me dice que me va a dar por la casa y el negocio 10.000 bf… tenemos un hijo menor que el dice que la parte mía de la casa se la deje al niño para que vivan hay los dos, yo también vivo con mi hija y ella trabaja ahí mismo, y esta mañana tuvo unas palabras y me cortó la luz para que mi hija no trabajara y humillándola a toda hora por la comida….y a mi hija también le dijo que desocupara en espacio donde ella esta durmiendo, el le dice a toda la gente que por culpa de mi hija se acabo mi hogar . Es todo….hechos estos que se desprenden de la denuncia cursante al folio 07 de la presente causa.

Ahora bien, considera el Ministerio Publico que los hechos que dieron lugar al inicio de la investigación si bien, se encuentran adecuados al tipo penal establecido en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una vida libre de violencia, sin embargo, durante la fase investigativa no se recabaron suficientes elementos probatorios para que el Ministerio Publico pueda ejercer fundadamente una acusación penal en su contra, aunado al hecho de que a pesar del tiempo no existe posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, no habiendo bases sólidas y contundentes para solicitar enjuiciamiento del imputado; y con tal carácter solicita el decreto de SOBRESEIMIENTO.

Ahora bien, verificada como ha sido por parte del Tribunal, que de las actuaciones que conforman la presente causa no existen elementos de convicción suficientes que permitan el enjuiciamiento del imputado, en virtud que los actos investigados realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado fueron insuficientes; y por otra parte dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece este último mencionado, en su primera parte “que presentada la solicitud del sobreseimiento, el Juez convocará a las partes y a la víctima a una audiencia oral para debatir los fundamentos de la petición, salvo que estime, necesario que para comprobar el motivo no sea necesario el debate.” En el caso que nos ocupa, quien aquí decide, considera que no es necesaria la realización del mencionado debate por cuanto de la revisión de las actas se evidencia que hasta la presente fecha no existe la posibilidad de incorporar otros elementos de convicción que demuestren la perpetración del ilícito penal objeto del presente proceso por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL.

DECISION

Por las razones que anteceden el Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a los parámetros de los artículos 318 numeral 4°, del Código Orgánico Procesal Penal, decreta: el SOBRESEIMIENTO de la causa 3C-1439-09, donde aparece como imputado JANER ANTONIO PEREZ FRANCO. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
LA JUEZA TERCERO DE CONTROL

NORKA MIRABAL RANGEL