REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS
DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
SOLICITUD Nº 09-73
MATERIA. TITULO SUPLETORIO.
SOLICITANTE: JESUS FURGENCIO ABAD.
ABOGADO ASISTENTE: AMILCAR GUEDEZ.
Vista la solicitud presentada por su firmante, ciudadano: JESUS FURGENCIO ABAD, titular de la cèdula de Identidad Nº 16.512.336, así como las declaraciones sus testigos. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o ha alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Achaguas Estado apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor del ciudadano: JESUS FURGENCIO ABAD, venezolano, mayor de edad, titular de la Cèdula de Identidad Nº 16.512.336, domiciliado en Finca “La Doña” de esta Jurisdicción, sobre unas bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuados por ante este tribunal. Conformadas por unas bienhechurias que se describen a continuación: Una (1) casa de bahareque con friso de cemento, constante de una cocina, una sala comedor, un baño externo, dos habitaciones, puertas de hierro y ventanas de madera, con techo de zinc, piso de cemento, un (1) potrero debidamente cercado con estantes de madera y alambre de púa, doce Hectáreas (12 Has), de pasto introducido, un pozo profundo de dos pulgadas, y veinte metros de profundidad, con una Bomba Manual, árboles frutales de las siguientes especies, y de comercio, mangos, limón, naranjos, etc. dichas bienhechurias se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicado en el Asentamiento Campesino: Baldíos de Achaguas; Sector. Campo Alegre, Jurisdicción de la Parroquia Achaguas; Municipio Achaguas; del Estado Apure, y constante de Diecisiete Hectáreas con Mil Trescientos Ocho Metros cuadrados (17 Has, con 1308 M2); presentando los siguientes linderos: NORTE: Carretera Nacional Biruaca – Achaguas; SUR: Terrenos ocupados por Petra Rivas; ESTE: Vecindario Campo Alegre; Y OESTE: Terrenos ocupados por Nelson Magallanes. Siendo el valor de las Bienhechurias de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 80.000. ºº) fomentadas a las únicas y propias expensas del ciudadano: JESUS FURGENCIO ABAD. Devuélvase original de estas resultas al solicitante, quedando anotado en libro de solicitudes llevados por este tribunal durante el presente año 2.009 bajo el Nº 09-73.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y Artículo 72 Ordinal 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Achaguas, de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Quince (15) días del mes de Mayo del año dos mil nueve (2.009). AÑOS: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
EL JUEZ,
DR. WILMER JOSE PEREZ CELIS
LA SECRETARIA
ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR
DR.WJPC/LCDA. FADEM-
En esta misma fecha siendo las 3:00.p.m, se publicó y registró el anterior pronunciamiento.
LA SECRETARIA,
ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR
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