REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS
DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
ACHAGUAS, VEINTICINCO (25) DE MAYO DEL 2.009.-
199º Y 150º
Vista la anterior solicitud de Divorcio 185 – A, signado con el Nº 6134 constante de Quince (15) folios útiles y remitido a este Despacho por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con oficio Nº 364 de fecha: 29-04-09. Désele entrada y sígasele el curso de ley; por cuanto la misma no es contraria al Orden Público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, y encontrándose fundamentada en la causal establecida en el Artículo 185 –A del Código Civil, se admite cuanto ha lugar en derecho, se le da entrada bajo el Nº 09-691 de conformidad con lo establecido en el 3er y 4to Aparte del Artículo 185 ejusdem, cítese al Fiscal Sexto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a fin de que comparezca por ante este Tribunal dentro de los Diez (10) días de Despacho siguientes a partir de que conste en autos su citación, en horas de Despacho de 8:30 a.m., a 3: 30 p.m., más UN (01) DIA que se le concede como término de Distancia, todo de conformidad con el Artículo 192 del Código de Procedimiento Civil; a objeto de que exponga lo que considere conveniente en relación con la solicitud presentada por los ciudadanos MIGUEL ANGEL CASTILLO y ANA MIREYA CASTILLO RINCONES, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 13.937947 y 8.197.059 respectivamente, debidamente asistidos por la abogado IRAIDA MERCEDES HERVES LARA, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 24.700. Líbrese Boleta de Citación al Fiscal Sexto del Ministerio Público del Estado Apure y anéxele copia certificada de la referida solicitud, comisionándose para ello al Tribunal del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a quien se ordena librar Exhorto y remitir con oficio.
El Juez,
Dr. WILMER J. PEREZ C. La Secretaria,
Zenaida R. de Villamizar.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado conforme al auto que antecede.
La Secretaria,
Zenaida R. de Villamizar.
Exp. Nº 09-691
Dr. WJPC/Lcda. FADEM.-
25-05-09.-