REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE




TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES

ACTA DE JUICIO ORAL Y PRIVADO
En el día de hoy Dieciocho (18) de Noviembre del año Dos Mil Nueve, siendo las 09:00 horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el acto de continuación del JUICIO ORAL Y PRIVADO, en la causa N° 1U-61-08. Seguida contra: IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quien se encuentra presuntamente incurso en la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 164, del Código Orgánico Procesal Penal, como norma Supletoria de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, según el artículo 537. Reunidos en la sala de audiencias del Tribunal Único de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescentes de este Circuito Judicial Penal del Estado Apure, la Jueza DRA. MARIA LUCRECIA BUSTOS P. Seguidamente la Jueza solicitó a la Secretaria verificar la presencia de las partes, siendo informada por ésta que se encuentran presentes en la Sala de Juicio, el Fiscal Octavo del Ministerio Público DR. JOSE HERNANDEZ, la Defensora Pública Dra. EUMAR TIRADO, el adolescente acusado IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, su representante ELVIA ESPAÑA, más no así la victima LICAIL COROMOTO RIOS. Acto seguido, conforme lo establece el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal la ciudadana Jueza procedió ha realizar un resumen de lo acontecido en la audiencia pasada la cual se realizo en fecha 04 de Noviembre de 2009. Seguidamente se procede a continuar con la recepción de las pruebas testimoniales solicitándole al ciudadano alguacil haga comparecer al experto LEON DURAN OSCAR OMAR, manifestando el ciudadano alguacil que si compareció en consecuencia hace acto de presencia se le tomo el juramento de ley y es informado acerca del contenido de lo establecido en los artículos 242 y 245 del Código Orgánico Procesal Penal, y se identifico como LEON DURAN OSCAR OMAR, Titular de la cedula de identidad N° 9.188.930, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística, con diecisiete años y once meses de experiencia, se le coloco a la vista la Inspección Técnica Nª 1067, reconociendo su contenido y firma y expuso: “En relación al presente hecho el día 25-05-2009, en la oficina del área técnica cuando recibimos llamada vía telefónica informando acerca de un hecho en el ocurrido en el barrio el calvario nos trasladamos al sitio donde se encontraba una persona sin vida con una sabana encima frente a un jardín de infancia, me dirigí al jardín de infancia donde se llevaba acabo una elecciones, para entrevistarme con los testigos y con el funcionario de la Guardia Nacional quien presenció todo y tenia detenido al presunto implicado, luego se hizo el levantamiento del cadáver y se traslado a la morgue” es todo. Seguidamente se le cedió el derecho de palabra al ciudadano fiscal a los efectos de que hiciera las preguntas pertinentes quien lo hizo en los siguientes términos: PREGUNTAS: 1.- ¿Indique la dirección exacta de donde ocurrieron los hechos? R: Calle Principal el Calvario, frente a un Jardín de Infancia. 2.- ¿Qué se celebraba en el jardín de infancia? R: Unas elecciones. 3.- ¿Con quien te entrevistaste? R: Con una comisión de la Guardia Nacional, quien resguardaba el lugar por las elecciones y tomaron a la persona detenida en el Jardín de infancia. 4.- manifestaste que el ciudadano estaba detenido? R: Si, porque la Comisión de la Guardia estaba en el lugar y ellos son testigos directos. 5.- ¿Te dirigiste al cúmulo de personas? R: Observamos el cuerpo de una persona cubierto con una sabana, se hizo la inspección técnica y se traslado el cuerpo. 6.- ¿Se verifico que la persona estaba sin signos vitales? R: Si. 7.- ¿Indique usted las características físicas que presentaba esa persona? R: Morena, de contextura regular, en el momento no recuerdo bien, como dije fui a entrevistarme con los testigos y mi compañera Abad Naudys era la encargada de realizar en reconocimiento técnico. 8.- ¿Puede recordar las evidencias colectadas? R: Se colecto una cabilla. 9.- ¿Observaste una sustancia en el lugar de los hechos? R: Si, una sustancia hematológica. 10.- ¿observaste cortaduras, contusiones o herida? R: Observe una herida en la cabeza y un hematoma en la región corporal. 11.- ¿Que otras personas se encontraban en el lugar? R: Bastante personas, las hermanas que fueron las que lo reconocieron, el guardia que actuó, pero mas nadie quiso declarar allí. 12.- ¿El funcionario que actuó era el que tiene al acusado detenido? R: Si. 13.- ¿Cual era la actitud del detenido? R: Tranquilo, estaba sentado. 14.- ¿Que te manifestó cuando lo entrevistaste? R: Que el había sido. Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la defensa a los efectos de que realice las preguntas pertinentes quien lo hizo en los siguientes términos: PREGUNTAS: 1.- Cuado recibe la llamada, se trasladaron solo al levantamiento del cadáver? R: No, realiza la pesquisa correspondiente, me entreviste con las personas que allí se encontraban para recabar testigos y luego se hace el levantamiento del cadáver. 2.- ¿Se entrevisto con el adolescente Franklin José Sulbaran España? R: Si, porque la guardia lo tenia retenido en la escuela. 3.- ¿En su integridad tenia herida? R: No recuerdo. 4.- ¿Que le manifestó el adolescente acusado? R: Que el otro muchacho en occiso, lo siguió con una cabilla y él lo que hizo fue defenderse golpeándolo. La ciudadana Jueza procede a realizarle una pregunta: ¿Que se recolecto? ¿Solo una cabilla? R: Si un trozo de cabilla. Seguidamente la ciudadana Jueza procede a informarle al ciudadano que se le colocará a la vista la Inspección Técnica para que verifique experticia N° 1066, reconociendo su contenido y firma y expuso: “En relación a la inspección técnica que se le hace al cadáver, características física que presenta el cadáver en la morgue, esa acta la suscribe la funcionario Abad Naudys, quien es la encargada de hacer esa experticia en la morgue, yo no, yo me entrevisto con los testigos, ella es la encargada de realizar la inspección técnica es la responsable de dejar constancia, es todo”. Seguidamente se le cedió el derecho de palabra al ciudadano fiscal a los efectos de que hiciera las preguntas pertinentes quien lo hizo en los siguientes términos: “No, no tengo preguntas, es todo”. Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la defensa a los efectos de que realice las preguntas pertinentes quien lo hizo en los siguientes términos: “No, no tengo preguntas, es todo”. Seguidamente se le solicito al ciudadano alguacil hiciera comparecer al funcionario: ABAD NAUDYS, manifestando el ciudadano alguacil que si compareció en consecuencia hace acto de presencia se le tomo el juramento de ley y es informado acerca del contenido de lo establecido en los artículos 242 y 245 del Código Orgánico Procesal Penal, y se identifico como ABAD NAUDYS AIDEMAR, Titular de la cedula de identidad Nª 17.851.713, funcionario adscrito a el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística, con once meses de experiencia, estudiando educación el noveno (09) semestres, se le coloco a la vista la Inspección Técnica N° 1067, reconociendo su contenido y firma y expuso: “Es una inspección técnica que se suscribe en el sitio de los hechos, es todo”. Seguidamente se le cedió el derecho de palabra al ciudadano fiscal a los efectos de que hiciera las preguntas pertinentes quien lo hizo en los siguientes términos: PREGUNTAS: 1.- ¿Cómo te enteras de los hechos ocurridos en el presente caso? R: Estábamos de guardia y Oscar León quien es el Jefe de grupo, informa que en el Barrio el Calvario, por la Calle Principal, frente al Colegio Monte Calvario, estaba un cadáver tirado en el suelo. 2.- ¿Pede repetir la dirección exacta nuevamente? R: el Barrio el Calvario, por la Calle Principal, frente al Colegio Monte Calvario. 3.-¿Qué observo en el lugar del suceso? R: Mucha gente, objetos de metal, se procedió a hacer el levantamiento del cadáver. 4.- ¿Cómo se identifica técnicamente que un cuerpo se encuentra sin vida? R: Se verifican los signos vital y la magnitud de las heridas causadas. 5.- ¿En que lugar tenia el occiso las heridas? R: Se distinguía una herida en la región temporal izquierda. 6.- ¿Que otras características presentaba el cadáver? R: En el lugar de los hechos no se pudo verificar bien pero luego que se traslada al Hospital al área de morgue se aprecian que el pectoral izquierdo tiene una hematoma, y el área temporal izquierda tiene una herida abierta. 7.- ¿Qué vestimenta cargaba el cadáver? R: Bermuda de blue Jean, una franela verde y una gorra. 8.- ¿A que distancia se consiguió el objeto? R: Estaba cerca. 9.- ¿Qué forma tenia ese objeto? R: Forma cilíndrica metálica como de 6 a 7cm. Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la defensa a los efectos de que realice las preguntas pertinentes quien lo hizo en los siguientes términos: PREGUNTAS: 1.- ¿Cuánto tiempo tienes ejerciendo funciones en el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas? R: Seis (06) meses en área técnica. 2.- ¿Cuantas otras inspecciones técnicas has realizado? R: Tres (03). 3.- ¿Cuantos objetos contundentes se encontraban en el lugar? R: Tres (03) objetos. 4.- ¿Cuan lejos se encontraban del lugar? R: No estaban lejos, estaban cerca. 5.- ¿Dónde estaban ubicadas las heridas del occiso? R: En la cavidad superior del lado izquierdo y un hematoma en el pectoral izquierdo. 6.- ¿Puedes evaluar si las heridas son recientes? R: Si, si tenia la herida reciente, era una herida abierta reciente. Seguidamente se le coloco a la vista la Inspección Técnica N° 1066, reconociendo su contenido y firma y expuso: “Es la inspección técnica que se realiza en la morgue para apreciar bien las heridas, es todo”. Seguidamente se le cedió el derecho de palabra al ciudadano fiscal a los efectos de que hiciera las preguntas pertinentes quien lo hizo en los siguientes términos: PREGUNTAS: 1.- ¿Dónde se encuentra la morgue? R: En el hospital Pablo Acosta Ortiz. 2.-¿Cómo es ese sitio? R: Es un sitio cerrado, donde se depositan las cadáveres. 3.- ¿Señale las características del cadáver? R: Piel more, estatura alto, cabello negro. 4.- ¿Pudiste examinar las heridas? R: Si. 5.- ¿Puedes describirlas? R: Herida abierta región temporal izquierda, con hematoma en la región pectoral izquierda. 6.- ¿Puedes Marrar la vestimenta del cadáver? R: Bermuda de blue Jean, franelilla verde, gorra con el emblema de los leones y zapatos deportivos. Es todo. Seguidamente se le cedió el derecho de palabra a la defensa a los efectos de que hiciera las preguntas pertinentes quien lo hizo en los siguientes términos: “No, no tengo preguntas, es todo”. Seguidamente se le solicito al ciudadano alguacil hiciera comparecer al funcionario: NIEVES EUCAR, manifestando el ciudadano alguacil que si compareció en consecuencia hace acto de presencia se le tomo el juramento de ley y es informado acerca del contenido de lo establecido en los artículos 242 y 245 del Código Orgánico Procesal Penal, y se identifico como: NIEVES EUCAR, Titular de la cedula de identidad Nª 18.051.539, funcionario adscrito a el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística, con once (11) meses de experiencia, se le coloco a la vista la Inspección Técnica N° 1067, reconociendo su contenido y firma y expuso: “Era un cuerpo sin vida de una persona a la que hicimos un reconocimiento” Es todo. Seguidamente se le cedió el derecho de palabra al ciudadano fiscal a los efectos de que hiciera las preguntas pertinentes quien lo hizo en los siguientes términos: PREGUNTAS: 1.- ¿Diga la dirección del sitio del suceso? R: En el barrio el Calvario, calle principal, frente al colegio Monte el Calvario.-. 2.- ¿Qué colectaron allí, en ese lugar? R.- Dos (02) cavillas. 3.- ¿Qué observaron? R.- Un cuerpo sin vida. 4.- ¿Alguien estaba detenido? R: El presunto homicida. 5.- ¿Que características tenia el occiso? R: Piel morena, de estura como 1,70cm, calzaba una gorra no puede observarle el cabello. 6.- ¿Puedo observa alguna herida? R: En el momento no, después que lo trasladan al Hospital, pude aprecia que en el Pectoral izquierdo tenia un hematoma y en el temporal izquierdo una herida, 7.- ¿Cómo andaba vestido el occiso? R: Con una bermuda, un suéter, una gorra y zapatos deportivos. 8.- ¿Que tamaño tenían las cavillas? R: cuarenta y circo (45) centímetros mas o menos. 9.- ¿A que distancia se consiguieron los objetos? R: A pocos centímetros. Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la defensa a los efectos de que realice las preguntas pertinentes quien lo hizo en los siguientes términos: PREGUNTAS: 1.- ¿Cuánto tiempo tiene de experiencia? R.- Seis (06) meses en Área de Investigación Técnica. 2.- ¿Cuantas otras inspecciones has realizado? R: No se cuantas, muchas. 3.- Estime un promedio? R: Muchas como treinta (30). 4.- ¿Ustedes llegan directo hacer el levantamiento del cadáver? R: No, unos hacen el levantamiento y otros las entrevistas a los testigos, entre todo lo ocurrido uno de los funcionarios manifestó que el presunto actor estaba detenido. 5.- ¿En el levantamiento observo que el occiso presentaba heridas? R: No. 6.- ¿En que momento usted visualizo al occiso? R: Cuando se traslada al Hospital. 7.-¿Visualizo algunos objetos contundentes? R: Si. 8.- ¿Cuántos? R: Dos (02) objetos que eran cavillas. 9.- ¿Se entrevisto en algún momento con Franklin Sulbaran España? R: No. Seguidamente se le coloco a la vista la Inspección Técnica N° 1066, reconociendo su contenido y firma y expuso: “Es sobre la vestimenta del cadáver, de la dirección del sitio y eso, es todo”. Seguidamente se le cedió el derecho de palabra al ciudadano fiscal a los efectos de que hiciera las preguntas pertinentes quien lo hizo en los siguientes términos: PREGUNTAS: 1.- ¿Donde se realizo la inspección? R: Es la inspección técnica que se realiza en la morgue para apreciar bien las heridas en la morgue en el Hospital Pablo Acosta Ortiz. 2.- ¿Diga usted las características que presentaba del cadáver? R: Como 1,70 centímetros, cejas pobladas, delgado, piel morena. 3.- ¿Se realizo el examen microscópico? R: Se encontraba en decúbito dorsal, tenia herida en la región pectoral y en la región temporal izquierda. 4.- ¿Qué tipo de vestimentas portaba el cadáver? R: Suéter, bermuda de color azul, zapato deportivos. Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la defensa a los efectos de que realice las preguntas pertinentes quien lo hizo en los siguientes términos: PREGUNTAS: “1.- ¿Que tipo de herida en la región pectoral? R: De tipo hematoma. 2.- ¿Pudieron evaluar si presentaba heridas anteriores? R: No. 3.- ¿Se observaron mas heridas? R: Si, la del temporal izquierdo y nada mas. Es todo”. Seguidamente se le solicito al ciudadano alguacil hiciera comparecer al funcionario: ANA JULIA COLINA, el cual manifestó que no compareció. Seguidamente se le solicito al ciudadano alguacil hiciera comparecer al funcionario: ILIVIA ISABEL ESPAÑA DE PINO, el cual manifestó que no compareció. Seguidamente se le solicito al ciudadano alguacil hiciera comparecer al funcionario: RONALD ALVAREZ JOSE el cual manifestó que no compareció. Seguidamente se le solicito al ciudadano alguacil hiciera comparecer al funcionario: ESCALONA SANCHEZ, el cual manifestó que no compareció. Seguidamente se le solicito al ciudadano alguacil hiciera comparecer al funcionario: CASTILLO JOSE ANTONIO, el cual manifestó que no compareció. Seguidamente se le solicito al ciudadano alguacil hiciera comparecer al funcionario: MORILLO HERRERA YENIFER ANDREINA, el cual manifestó que no compareció. Seguidamente se le solicito al ciudadano alguacil hiciera comparecer al funcionario: NUÑEZ YOLANDA DEL VALLE, el cual manifestó que no compareció. Seguidamente se le solicito al ciudadano alguacil hiciera comparecer a la ciudadana RAMOS LEDYS DEL CARMEN, el cual manifestó que no compareció. Seguidamente se le solicito al ciudadano alguacil hiciera comparecer a la ciudadana PEREIRA HERNANDEZ NEREIDA JOSEFINA, el cual manifestó que no compareció. Por ultimo se le solicito al ciudadano alguacil hiciera comparecer al ciudadano: SEGOVIA YULSELYS, el cual manifestó que no compareció. Seguidamente la Defensa Pública solicita el derecho de palabra y en uso del mismo, expone: “En razón de indisposición de salud solicito sea suspendido hasta nueva fecha el juicio oral y privado. Seguidamente el Ministerio Público manifiesta: “Estoy de acuerdo con la solicitud de la Defensa Publica, es todo.” En este estado la ciudadana Juez expone: “De conformidad con lo establecido en el articulo 336 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual por remisión expresa de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en su articulo 537, se acuerda dicha suspensión de lo cual no se opone la defensa, por cuanto tal solicitud no es contraria a derecho y se fija la continuación del presente Debate para el día 30-11-09, a las 9:00 horas de la mañana; así mismo se acuerda la notificación de los funcionarios faltantes, a través de sus superiores inmediatos, de conformidad con lo establecido en el articulo 188 del Código Orgánico Procesal Penal, tomando en cuenta que existen otros testigos promovidos, que no son funcionarios, y de no comparecer para la fecha fijada tanto los funcionarios como los demás testigos que no son funcionarios, se aplique el dispositivo de la fuerza publica, de conformidad con lo establecido en el articulo 357, de ser necesario; así mismo se insta a la Fiscal del Ministerio Publico, a los fines de que a través de su oficina, realice las notificaciones de los funcionarios y los particulares promovidos por esa representación fiscal. quedando todos los aquí presentes notificados. Siendo las 11:35 horas de la mañana se suspende la celebración del presente acto. Quedan Notificadas las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, norma supletoria aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente. Líbrese lo conducente. Es todo terminó se leyó conformes firman.

LA JUEZ DE JUICIO

DRA. MARIA LUCRECIA BUSTOS PARRA