REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE CON SEDE EN SAN FERNANDO
San Fernando de Apure, 10 de Noviembre del año 2.009.-
198° y 149°
PARTES: CIRA MAXIMINA SALAZAR
Visto el pedimento anterior y definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 07-10-09, se ordena su ejecución de conformidad con lo establecido en el Artículo 492 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con lo pautado en el Artículo 523 y siguiente del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, se acuerda expedir copia certificada de la Decisión y junto con oficio remítase a las Autoridades Civiles correspondientes, a los fines de estampar la nota marginal en la Partida de Nacimiento N° 505, de fecha 15-02-2000, en la cual se estableció el Reconocimiento Judicial de la filiación entre la niña Se omite de conformidad con el Art. 65 de la Ley Orgánica de Protección del niño, Niña y Adolescente y el Ciudadano JORGE JEAN CARLOS BELISARIO; de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.- Líbrese lo conducente. Cúmplase-
Juez Unipersonal
Dra. MARGARITA CASTILLO.
El Secretario.,
Abg. FREDDYS ADRIAN MARTINEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-
El Secretario.,
Abg. FREDDYS ADRIAN MARTINEZ
Exp. N° 13.273
MC/FM/Celenne