REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS
DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE

SOLICITUD Nº 09-154
MATERIA TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA DEFINITIVA
SOLICITANTE: LARA JENNY YOVAIL
ABOGADO ASISTENTE: JESUS ARMANDO ALVAREZ
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: LARA JENNY YOVAIL, titular de la cédula de Identidad Nº 10.621.247, asistida por la Abogada en jercicio: LARA KENNY, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad e inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 117.654, así como las declaraciones de sus testigos. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o ha alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor de la ciudadana: LARA JENNY YOVAIL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.621.247, domiciliada en el Municipio Achaguas del Estado Apure, sobre unas bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este tribunal, Conformadas por Una (01) casa de Construcción Mampostería, Porche de Platabanda, Una (01) Sala de Baño con todos sus accesorios, Puertas y ventanas de hierro y Madera, Piso de granito, Techo de Platabanda, totalmente cercada con bloque y enrejado de hierro, Lavandero empotrado, posee los servicios de Agua y Luz.; cuyas bienhechurias se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad municipal que le fue otorgado, en calidad de arrendamiento presentando Documento Original, del contrato de arrendamiento debidamente Registrado por el Registro de Inmobiliario del Municipio Achaguas Estado Apure de fecha 29-07-2.008, bajo el Nº 22 folios 132 al 134, Protocolo Primero, Tomo 16, Tercer Trimestre, del año 2.008; el mismo se encuentra ubicado en la zona Urbana sector: El Esfuerzo, Parroquia Achaguas, del Municipio Achaguas, Estado Apure, en una superficie de QUINCE METROS DE FRENTE POR TREINTA METROS FONDO (15x30), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Calle Principal; SUR: Casa de Vertáis Mora; ESTE: Casa de Maria Díaz; y OESTE: Terreno Municipal. Siendo el valor de las Bienhechurias de: VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs. 25.000. ºº) fomentadas a las únicas y propias expensas de la ciudadana: LARA JENNY YOVAIL. Devuélvase original de estas resultas a la solicitante y déjese copia certificada de lo actuado, quedando anotado en el libro de solicitudes llevado por este tribunal durante el presente año 2.009 bajo el Nº 09-154.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Articulo 72 Ordinales 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Diecinueve (19) días del mes de Noviembre del año dos mil Nueve (2.009). Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.-
EL JUEZ,

DR. WILMER JOSE PEREZ CELIS

LA SECRETARIA TEMPORAL

FANNY LISBETH PEREZ
En esta misma fecha, siendo las 9:30 a.m.- se publicó y se registró la anterior Sentencia.

LA SECRETARIATEMPORAL
FANNY LISBETH PEREZ
DR. WJPC/TSU. CMLM.-