REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS
DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE

SOLICITUD Nº 09-167
MATERIA TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: DEFINITIVA
SOLICITANTE FELIX JAVIER PEREZ
ABOGADO ASISTENTE LEONARDO GALIPOLLI
Vista la solicitud presentada por su firmante, Ciudadano: FELIX JAVIER PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-9.105.851, asistido por el Abogado en ejercicio: LEONARDO. GALIPOLLI, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 116.701, así como las declaraciones de testigos. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o ha alguna disposición expresa de la ley. En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, a favor del Ciudadano: FELIX JAVIER PEREZ Nº V-9.105.851, domiciliado en el Vecindario Palmarito Municipio Achaguas Estado Apure, sobre una bienhechuría que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuados por ante este Tribunal, cuyas bienhechurias se encuentran construidas sobre una parcela de terreno de propiedad Municipal, que posee actualmente en calidad de arrendamiento, presentado el documento debidamente registrado por ante el Registro Inmobiliario del Municipio Achaguas del Estado Apure, bajo el Nº 368 Folios 82 AL 84 protocolo primero, TOMO 07, Tercer trimestre del año 2.007, y el referido contrato de arrendamiento, tal como consta en Documento del contrato de Arrendamiento, quedo registrado bajo el Nº 036 folios 071-072 en los libros de contratos de arrendamiento que para tal fin lleva la secretaria de la Sindicatura Municipal del Municipio Achaguas, otorgado el Veinticuatro (24) de Agosto del año 2.007, ubicado en la zona Urbana Sector Vecindario Palmarito del Municipio Achaguas del Estado Apure, constante de DOCE METROS DE FRENTE POR VEINTE METROS DE FONDO 12X20, bajo los siguientes linderos: NORTE; Solar de Julio Castillo; SUR; Solar de Marcelo Ramos ESTE: Solar Jesús Martínez; OESTE; terrenos de Comunidad; las referidas bienhechurias constan de una casa construida en mampostería, paredes de Ladrillo, Ventana de Madera, puertas de Madera, Techo de Machihembrado, Piso de Cemento con tres (03) habitaciones, una (01) Cocina empotrada , un (01) Comedor, una (01) sala de Baño Interno, un (01) lavandero, un (01) pozo Séptico, Cuenta con los Servicios de Luz, Aguas Blancas; totalmente cercada con estante de Madera y alambre púa, dichas bienhechurias fueron construidas en el año 2.005, con un costo en Materiales utilizados y la mano de Obra en la cantidad de TREINTA Y DOS MIL BOLIVARES (BS.32.000,OO), los cuales han sido cancelados por su persona con dinero de su peculio particular. Devuélvase original de estas resultas al solicitante y dejar copia certificada de lo actuado, quedando anotado en el libro de solicitudes llevados por este tribunal durante el presente año 2.009, bajo el Nº 09-167.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y Artículo 72 Ordinal 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Treinta (30) días del Mes de Noviembre del año 2.009) AÑOS: 199° de la Independencia y 50° de la Federación
EL JUEZ,


DR. WILMER JOSE PEREZ CELIS
LA SECRETARIA TEMP.

Lcda. FANNY L. PEREZ DE MENDEZ


En esta misma fecha, siendo las 1:00 p.m., se publicó y registró la anterior sentencia.-


SECRETARIA TEMP.

FANNY PEREZ DE MENDEZ

Solicitud Nº 09-167 (Titulo Supletorio).-
DR. WPC/Abg.sp