REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS
DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
SOLICITUD Nº 09-135
MATERIA TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA DEFINITIVA
SOLICITANTE NERI SOL OLIVARES DE CARRERO
ABOGADO ASISTENTE LEONARDO GALIPOLLI.
Vista la solicitud presentada por su firmante, Ciudadana: NERI SOL OLIVARES DE CARRERO, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-4.138.665 asistido por el Abogado en ejercicio: LEONARDO. GALIPOLLI, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 116.701, así como las declaraciones de testigos. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o ha alguna disposición expresa de la ley. En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, a favor de la Ciudadana: NERI SOL OLIVARES DE CARRERO, titular de la cédula de Identidad Nº V-4.138.665, domiciliado en el Municipio Achaguas del Estado Apure, sobre una bienhechuría que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuados por ante este Tribunal, cuyas bienhechurias se encuentran construidas sobre una parcela de terreno de propiedad Municipal, que posee actualmente en calidad de arrendamiento, según se desprende de Documento debidamente autenticado en fecha 21 de Septiembre del 2.009, dejándolo inserto bajo el Nº 15, Tomo 16 de los libros llevados por ante el Registro Inmobiliario del Municipio Achaguas del Estado Apure, asimismo su registro quedo inscrito bajo el Nº 2009. 1585, Asiento Registral 1, del Inmueble matriculado con el Nº 266.31.1.261 correspondiente al Libro de folio real año 2.009, y el referido contrato de arrendamiento, quedo registrado bajo el Nº 025 folios 043-044 en los libros de contratos de arrendamiento que para tal fin lleva la secretaria de la Sindicatura Municipal del Municipio Achaguas, otorgado el Veintitrés (23) de Julio de 2.008, ubicado en la zona Urbana Sector EL Guasimo del Municipio Achaguas del Estado Apure, constante de QUINCE METROS DE FRENTE POR TREINTA METROS DE FONDO 15X30, bajo los siguientes linderos: Norte; Carretera Nacional; Sur; Terreno de José Carrero; Este; Terreno de José Carrero, Oeste; Terreno de José Carrero, las referidas bienhechurias constan de una casa por una casa de habitación familiar construida en Mampostería, con cuatro (04) habitaciones con closet y una (01) con baño interno,, una (01) sala comedor, una (01) sala cocina, dos (02) salas de estar, una (01) sala de Baño Interno con todos sus accesorios, un (01) porche de platabanda, Techo de Platabanda, Puertas Metálicas, Ventanas Panorámicas, Piso de Cemento, un (01) Lavandero, Un (01) Pozo de Aguas Blancas, totalmente cercada con alambre púa y estante de Madera, con servicios de Electricidad, , siendo el valor del Inmueble de la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000.ºº). Devuélvase original de estas resultas al solicitante y déjese copia certificada de lo actuado, quedando anotado en el libro de solicitudes llevados por este tribunal durante el presente año 2.009, bajo el Nº 09-135.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento civil, en concordancia con el artículo 72 ordinales 3 y 9 de la ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Cinco (05) días del mes de Noviembre del año Dos mil nueve (2.009). Años 199º de la independencia y 150º de la federación.
EL JUEZ,
DR. WILMER JOSE PEREZ CELIS
LA SECRETARIA TEMP,
FANNY L. PEREZ DE MENDEZ
En esta misma fecha, siendo las 1:00 p.m., se publicó y registró la anterior sentencia.-
La Secretaria Temp.,
FANNY L. PEREZ DE MENDEZ
Solicitud Nº 09-135 (Titulo Supletorio).-
DR. WPC/aAbg.sp
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