REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 01 de Octubre de 2.009
198º y 149º

SOBRESEIMIENTO

CAUSA N° 3C-1421- 09
JUEZ : ABOG. NORKA MIRABAL RANGEL
PROCEDENCIA: FISCALIA 1° DEL MINISTERIO PÚBLICO.
VÍCTIMA : MILAGROS DEL VALLE VELIZ GUTIERREZ
SECRETARIO (A): ABG. ZUJENNY FERNANDEZ
IMPUTADO (S) POR IDENTIFICAR
DELITO (S) LESIONES PERSONALES GENERICAS


Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO, que conforme a lo establecido en el artículo 318, numeral 4° eiusdem, presentare la Fiscalía Primera del Ministerio Publico, y recibida en este Tribunal en fecha 03 de Marzo de 2009, en virtud del inicio de las actividades del Tribunal Tercero de Control, conforme a la resolución Nº 01-2009 emanada de la Presidencia del Circuito judicial del Estado Apure; a los fines de decidir observa:
DE LOS HECHOS

Establece el Ministerio Publico para solicitar el sobreseimiento, que la investigación se inicio en fecha 27 de Septiembre del 1999, en virtud de denuncia interpuesta por la ciudadana MILAGROS DEL VALLE VELIZ GUTIERREZ, en consecuencia expuso: “El día de ayer 26-09-1999, cuando iba llegando a mi casa, venia un sujeto montado en una bicicleta cuando me llego cerca me lanzo una puñalada logrando herirme en le brazo del lado izquierdo, dándose posteriormente a la fuga. Es todo. (Folio 01)
Al folio 03, cursa Orden de Inicio de las Investigaciones, acordado por el Ministerio Público.
Ahora bien, considera el Ministerio Publico que los hechos que dieron lugar al inicio de la investigación, se encuentran adecuados al tipo penal establecido en el Código Penal Venezolano, como lo es el delito LESIONES PERSONALES GENERICAS, no obstante por la falta de testigos que puedan corroborar lo manifestado por la denunciante acerca de la comisión de los hechos punible y falta de individualización del delito, en virtud a la ausencia de medio de pruebas y tomando en consideración el tiempo transcurrido, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos de la investigación, que den bases para solicitar fundamentalmente el enjuiciamiento de imputado alguno, en razón que no hay sustentación y soporte que sirva en un respectivo juicio oral y publico; y con tal carácter solicita el decreto de SOBRESEIMIENTO.
En éste sentido, de acuerdo a la revisión del asunto, verificó el tribunal que evidentemente a pesar de haberse cometió un hecho punible, perseguible de oficio, no se recabaron suficientes elementos que demuestren la culpabilidad del imputado, y no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación que den base para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado, por lo que seria inoficioso seguir con el procedimiento, por cuanto no existen razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación, e insistir en mantener un proceso ante el Órgano jurisdiccional seria retardar una decisión que en definitiva va a ser la misma que deba pronunciarse si se llegase al debate, señalado en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal.
DECISION
Por las razones que anteceden el Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a los parámetros de los artículos 318 numeral 4°, del Código Orgánico Procesal Penal, decreta: el Sobreseimiento de la causa Nº 3C-1421-09. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

LA JUEZA TERCERO DE CONTROL


NORKA MIRABAL RANGEL

LA SECRETARIA


ABG ZUJENNY FERNANDEZ
Seguidamente se dio cumplimiento lo ordenado.
LA SECRETARIA



ABG ZUJENNY FERNANDEZ