REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
CORTE DE APELACIONES
San Fernando de Apure 06 de octubre de 2009
199 ° Y 150°
CAUSA N°
1Aa -1794-09
JUEZ PONENTE:
ANA SOFÍA SOLÓRZANO.
MOTIVO DE CONOCIMIENTO:
ADMISIÓN DE APELACIÓN DE AUTO
IMPUTADO:
JOSÉ LUIS ZAPATA y ARTUR ANDRES ECHENIQUE
VÍCTIMA:
TOVAR BOLIVAR WINKELEMER DE JESÚS.
DELITO:
CONTRA LA PROPIEDAD.
FISCALIA: FISCALIA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
PROCEDENCIA: TRIBUNAL DE PRIMERO EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE.
Corresponde a esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, pronunciarse de conformidad con lo establecido en el artículo 450 parágrafo tercero del Código Orgánico Procesal Penal, sobre la Admisión o no del Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el profesional del derecho FRANK REINALDO TOVAR CAMARIPANO, en su condición de defensor privado, en la causa Nº 1C- 12.628-09, nomenclatura del Tribunal Primero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure seguida a los ciudadanos JOSÉ LUIS ZAPATA y ARTUR ANDRES ECHENIQUE y signada en esta Superior Instancia bajo el Nº 1Aa-1794-09, contra la decisión dictada en fecha 14SEP09, mediante el cual decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad.
Para su admisibilidad, la Corte de Apelaciones observa lo siguiente:
De los folios diecisiete (17) al veinte (20) y su vuelto de la causa, riela escrito de Apelación de Auto, el cual es ejercido en fecha 21SEP09, por el abogado Frank Reinaldo Tovar Camaripano, actuando en su carácter de defensor privado; en tal sentido, se desprende que el referido profesional del derecho, tiene la condición de legitimidad y agravió exigido por la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 433 y 436 del Código Orgánico Procesal Penal.
Consta en Cómputo de fecha 02OCT09, que desde el 14SEP09, fecha que el tribunal realizó la audiencia de presentación, hasta el 21SEP09 fecha en que el profesional del derecho FRANK REINALDO TOVAR CAMARIPANO, en su condición de defensor Privado, interpone el Recurso de Apelación en fecha 21SEP09, transcurrieron tres (03) días hábiles, discriminados así: MARTES 15SEP09 (No Laborable Receso Judicial), Miércoles 16SEP09, Jueves 17SEP09, Viernes 18SEP09, dos días no laborables a saber: Sábado y Domingo, interponiendo el recurso el día 21SEP09. Dejando constancia que en fecha 28SEP09, se dio por emplazado el Fiscal Cuarto del Ministerio Público, dejando transcurrir tres (03) días hábiles discriminado de la siguiente manera: Martes 29SEP09, Miércoles 30SEP09 y jueves 01OCT09, dejando constancia que el representante del Ministerio público no dio contestación al recurso.
Asimismo, observa ésta Sala, que el recurso de apelación interpuesto por el Abogado FRANK REINALDO TOVAR CAMARIPANO, en su condición de defensor privado, se encuentra excluido de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que esta Superior Instancia considera admisible el presente recurso. Y así se declara.
Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: SE ADMITE el Recurso de Apelación de auto ejercido por el Profesional del Derecho FRANK REINALDO TOVAR CAMARIPANO, en su condición de defensor privado del ciudadano Arthur Andres Echenique, en la causa Nº 1C-12.628-09 nomenclatura del Tribunal Primero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure contra la decisión de Auto de fecha 14SEP09; y signada en esta Superior Instancia bajo el Nº 1Aa-1794-09; en virtud de ser ésta impugnable y recurrible, conforme a los artículos 432 y 447 del Código Orgánico Procesal Penal. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 450 en su parágrafo tercero del Código Orgánico Procesal Penal. Provéase lo conducente. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en San Fernando de Apure, a los seis (06) día del mes de Octubre del año 2009.
WILMER MARGARITA ARANGUREN TOVAR.
JUEZ (S) SUPERIOR DE LA CORTE DE APELACIONES.
ANA SOFÍA SOLÓRZANO. ALBERTO TORREALBA LOPEZ
JUEZ SUPERIOR JUEZ SUPERIOR
(PONENTE)
WENDY SALAZAR
SECRETARIA
CAUSA N ° 1Aa -1794-09
WAT/WS/mc.-