REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
Republica Bolivariana De Venezuela
Tribunal Supremo De Justicia
Circuito Judicial Penal Del Estado Apure
Tribunal Primero De Control
San Fernando de Apure, 07 de Octubre de 2009
199º y 150ª
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 1C-9593-07
IMPUTADO: LUIS OSWALDO PEREZ
VICTIMA: KARINA DEL VALLE RAMOS LAYA
DELITO: CONTEMPLADO EN LA DEROGADA LEY SOBRE LA VIOLENCIA A LA MUJER Y LA FAMILIA.
PROCEDENCIA: FISCALIA NOVENO DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Visto que en fecha 02-03-2009, el ciudadano Fiscal Noveno del Ministerio Público, Dr. LUIS ALEXANDER DORDELLY DAZA, Solicita a este Tribunal, declare el SOBRESEIMIENTO en la causa N° 1C-9593-07, nomenclatura de este Tribunal y la causa N° 04-F9-0009-07, nomenclatura de la Fiscalía de Novena del Ministerio Publico, donde parece como imputado: LUIS OSWALDO PEREZ, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación que permitan determinar quien fue el autor del hecho. Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, el cual se inicia la presente averiguación el día 03-01-2007, mediante denuncia interpuesta por la ciudadana: KARINA DEL VALLE RAMOS LAYA, quien manifestó lo Siguiente “El caso es que mi ex concubino de quien tenemos un año separados siempre se presenta en la casa agrediéndola físicamente y me amenazo con matarme y luego matarse el”
Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por la Dr. LUIS ALEXANDER DORDELLY DAZA, en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; pues verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado la fiscal concluyo lo siguiente;…esta representación fiscal considera luego .del análisis de los elementos de convicción recabados en la presente investigación, es posible inferir que nos encontramos en presencia de uno de los delitos VIOLENCIA PSICOLOGICA y VIOLENCIA FISICA, Previsto y Sancionado en la Derogada Ley sobre la Violencia a la Mujer y la Familia, donde aparece como autor de los hechos el ciudadano: LUIS OSWALDO PEREZ…” Ahora bien se evidencia; que efectivamente han transcurrido mas de DOS (02) AÑOS, de la comisión del delito investigado y hasta la presente fecha no se han obtenidos nuevos datos a la investigación, no existiendo razonablemente la posibilidad para incorporar otros elementos de convicción que demuestren la perpetración del ilícito penal objeto del presente proceso por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL. De sobreseimiento de la causa y así se decide.-
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-9593-07, seguida en contra del imputado: LUIS OSWALDO PEREZ, Titular de la cedula de Identidad Nº 23.244.887, por la presunta comisión de uno de los delito: VIOLENCIA PSICOLOGICA y VIOLENCIA FISICA, Previsto y Sancionado en la Derogada Ley sobre la Violencia a la Mujer y la Familia, en perjuicio de: KARINA DEL VALLE RAMOS LAYA, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. SERVIO TULIO HERNANDEZ
LA SECRETARIA
ABG. MARIA MERCEDES ANZOLA
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. MARIA MERCEDES ANZOLA
Causa N° 1C-9593-07
STH/Jean m.-