REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
San Fernando de Apure, 06 de Octubre de 2009
199º y 150º
Vista la solicitud que antecede, presentada por el penado CRUZ MARIA RODRIGUEZ, quien cumple pena de SIETE (07) años de Prisión, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, quien actualmente cumple condena en el Internado Judicial de esta ciudad de San Fernando de Apure, en la cual plantean que requiere un permiso para trasladarse hasta la Oficina de la entidad Bancaria Banesco de esta ciudad de San Fernando de Apure, a fin de hacer efectivo el cobro de las becas que disfrutan por ser estudiantes de la Misión Rivas.
Revisada la solicitud, el Tribunal Observa:
PRIMERO: Que en los supuestos taxativamente consagrados en el Articulo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario, solo están previstas las salidas transitorias hasta por cuarenta y ocho horas.
SEGUNDO: Las salidas transitorias del establecimiento pena, tienen como fundamento:
a) Enfermedad grave o muerte del cónyuge, padre e hijos.
b) Nacimiento de hijos.
c) Gestiones personales no delegables o cuya trascendencia aconseja la presencia del penado en el lugar de la gestión.
d) Gestión para la detención de trabajo y de alojamiento ante la proximidad del egreso.
De las consideraciones que preceden y de lo establecido en el Artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario, es concluyente inferir la procedencia del permiso a que se hace referencia, y así se declara.
IIII
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Fundamento en la Ley de Régimen Penitenciario en su Articulo Nº 62, ACUERDA la solicitud de permiso planteada por el Penado: CRUZ MARIA RODRÍGUEZ, para trasladarse hasta la Oficina Principal de la entidad Bancaria BANESCO de esta ciudad de San Fernando de Apure, a fin de hacer efectivo el cobro de la beca que disfruta por ser estudiantes de la Misión Rivas, debiendo ausentarse de su sitio de reclusión el día Miércoles 07-10-2009, en horas de la mañana, debiendo ingresar el mismo día una vez terminada la gestión. Remítase copia de la decisión al Director del Internado Judicial. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
JUEZA PRIMERA DE EJECUCIÓN
ABG. YULI BALI ARVELO
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA GABRIELA FERRER
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA GABRIELA FERRER
CAUSA N° 1E-773-00
YBA/MGF/vilchez