REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO DE APURE, VEINTIUNO (21) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE (2.009).-
199° y 150°
Visto el contenido del acta procesal que antecede de fecha 19-10-2.009, suscrita por la ciudadana ADRIANA ISABEL NEIRA PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.727.662 en su condición de madre y representante legal de los HNOS. (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), en la cual solicita a este Tribunal que Decline Competencia del presente expediente al Juzgado del Municipio Biruaca, por cuanto los mencionados HNOS., así como su madre ciudadana ADRIANA ISABEL NEIRA PEREZ residen en la Urbanización Santa Rufina, calle 1, casa Nº 3 del Municipio Biruaca, Estado Apure.-
Por todas las razones expuestas en la diligencia de fecha 19-10-2.009, y a los fines de facilitar el acceso a la Justicia de los HNOS. (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), y en virtud de que el Juzgado del Municipio Biruaca, mantiene en vigencia el Régimen Atributivo de Competencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en su sala de juicio Nº 1, de conformidad con lo establecido en el Régimen Atributivo de Competencia establecido en la Resolución 1.278, de fecha 22-08-2.000, publicado en la Gaceta Oficial N° 37.036 de fecha 14/09/2.000, para los asuntos alimentarios a los Tribunales de Municipios, en concordancia con en el artículo 453 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, se Declara incompetente por el territorio y Declara Competente para seguir conociendo la presente causa al Juzgado del Municipio Biruaca de esta Circunscripción Judicial.- Y así se Decide.- Remítase Expediente.- Líbrese lo conducente.-
La Juez Unipersonal Nº 1.,
Dra. MARGARITA CASTILLO
El Secretario,
Abg. FREDDYS ADRIAN MARTINEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-
El Secretario,
Abg. FREDDYS ADRIAN MARTINEZ
MC/homer.-
Exp. N° 18.975.-
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