REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO,
(30) DE OCTUBRE DEL AÑO
DOS MIL NUEVE (2.009).-
199° y 150°
Vista el acta procesal que antecede suscrito por la ciudadana MARIA CAMMARATA, titular de la cedula de identidad Nº 11.714.770, debidamente asistida por el Abg. en ejercicio LUIS EDUARDO LIMA, quien expuso: “en virtud de reconciliación con mi cónyuge, el ciudadano JESUS ANTONIO MARICHALES POLIDOR , desisto de la acción y del procedimiento en la misma, en tal sentido solicito de deje sin efecto la presente demanda y se homologue, así como me sea devuelto los recaudos originales acompañados con el libelo de la demanda.” Este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SALA DE JUICIO Nº 1, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda homologar el acuerdo conciliatorio planteado entre los ciudadanos: MARIA CAMMARATA y JESUS ANTONIO MARICHALES POLIDOR, titulares de las cedulas de identidad Nº 11.714.770 y 4.669.219. Se HOMOLOGA dicho convenimiento en los términos expuestos por las partes, de conformidad con lo establecido en los artículos 375 y 387 de la Ley Orgánica del Niño, Niña y del Adolescente. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda revocar medidas dictadas por este Tribunal en fecha 29-06-09, y debidamente notificada según oficio Nº 1.474, de fecha 01-07-09; así mismo por cuanto se evidencia que no hay mas actuaciones que practicar en el presente expediente, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Apure, Declara Terminada la presente causa y se ordena el cierre y remisión al Archivo Judicial en esta Ciudad- Y Así se Decide. Cúmplase.-
La Juez Unipersonal Nº 1,
Dra. MARGARITA CASTILLO
El Secretario,

Abg. FREDDYS MARTINEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en autos.-
El Secretario,

Abg. FREDDYS MARTINEZ
Exp. N° 18.547.- MC/FM/José