REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE





JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 05 de Octubre de 2009

199° y 150°


Vista la Solicitud presentada por la ciudadana YNGRIDS YADIRA MARCHENA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 12.581.007, de este domicilio, signada con el N°. 2.009- 333; quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud. Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y, encontradas conformes.- Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurías construidas en una superficie de terreno propiedad de la Solicitante, según consta de TÍTULO DE ADJUDICACIÓN EN PROPIEDAD DE PARCELA EN TIERRA URBANA PÚBLICA, emanado de la Alcaldía del Municipio Autónomo San Fernando del Estado Apure, en Decreto N°. 002-2.007, publicado en Gaceta Municipal Extraordinaria N°. 329, registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio San Fernando, bajo el N°. 49, folios 286 al 291, Protocolo Primero, Tomo Trigésimo Quinto, Segundo Trimestre de fecha 17 de Junio de 2.008, ubicado en el Barrio El Guásimo II, Calle Argentina N°. 18, Municipio Autónomo San Fernando del Estado Apure, con un área de CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS (47,20 Mts2), dentro de los siguientes linderos: NORTE: Laguna, en dos metros con noventa y cinco centímetros (2,95 mts); SUR: Calle Argentina, en dos metros con noventa y cinco centímetros (2,95 mts); ESTE: Parcela ocupada por Yanet Tovar, en dieciséis metros (16,00 mts), y OESTE: Parcela ocupada por Ángel Fernández, en dieciséis metros (16,00 mts), las referidas bienhechurías consisten en Una (1) habitación, un (1) recibo, sin baño interno, sembrado de árboles frutales, no está cercado, invirtiendo en las mismas la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,00), fomentadas a las únicas y propias expensas de la ciudadana YNGRIDS YADIRA MARCHENA GONZALEZ, plenamente identificada en el escrito de Solicitud. Se ordena devolver estas resultas a la Solicitante.-

La Juez,

Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.

La Secretaria,

Abg. LUZ MARINA SILVA PEREZ.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones al interesado, constante de ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio del Libro Diario.

La Secretaria,


Abg. LUZ MARINA SILVA PEREZ.



























































EJSM/lmsp/mder.-