REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS
DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE

SOLICITUD Nº 09-136
SENTENCIA DEFINITIVA.
MATERIA TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: RINCONES YSABEL MARIA
ABOGADO ASISTENTE: MOTA ROBIN.

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: RINCONES YSABEL MARIA, venezolana titular de la cédula de Identidad Nº 10.016.143, asistida por el Abogado en ejercicio ROBIN MOTA, Inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 129.142, así como las declaraciones de sus testigos. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o ha alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor de la ciudadana: RINCONES YSABEL MARIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.016.143, domiciliada en el Municipio Achaguas del Estado Apure, sobre unas bienhechurías que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuado por ante este tribunal, Conformadas por Una (01) casa de bloques, de construcción mampostería, Tres (03) Habitaciones, Una (01) Sala Comedor, Una Sala (01) Sala Cocina, Un (01) Sala de Baño Interno, Porche de platabanda, piso de Cemento, Techo de Acerolit, Totalmente cercada con bloques y enrejado de hierro, posee los servicios de Agua y Luz; cuyas bienhechurias se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad municipal que le fue otorgado, en calidad de arrendamiento presentando constancia de tramitación de contrato de arrendamiento expedida por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Autónomo Achaguas Estado Apure de fecha 23-10-09; el mismo se encuentra ubicado en la zona Urbana sector Siglo XXI del Municipio Achaguas, Estado Apure, en una superficie de Quince metros de frentes por Veinticinco metros de fondo (15x25), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Terreno de Rosa Delgado; SUR: Terreno de Thalia Aguilar; ESTE: Calle Chaparral; y OESTE: Casa de Luís Romero. Siendo el valor de las Bienhechurias de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 80.000. ºº) fomentadas a las únicas y propias expensas de la ciudadana: RINCONES YSABEL MARIA. Devuélvase original de estas resultas a la solicitante y dejar copia certificada de lo actuado, quedando anotado en el libro de solicitudes llevados por este tribunal durante el presente año 2.009 bajo el Nº 09-136.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Articulo 72 Ordinales 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Veintisiete (27) días del mes de Octubre del año dos mil Nueve (2.009). Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.-
EL JUEZ,

DR. WILMER JOSE PEREZ CELIS

LA SECRETARIA TEMPORAL

FANNY LISBETH PEREZ


En esta misma fecha, siendo las 1:00 p.m.- se publicó y se registró la anterior Sentencia.

LA SECRETARIA TEMPORAL

FANNY LISBETH PEREZ
DR. WJPC/TSU. CMLM.-