REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 17 de Septiembre de 2.009
198º y 149º
SOBRESEIMIENTO
CAUSA N° 3C-1.962-09
JUEZ : ABG. NELSON ASCANIO VALENZUELA
PROCEDENCIA: FISCALIA 5° DEL MINISTERIO PÚBLICO.
VÍCTIMA : PEDRO MEDINA
SECRETARIO (A): ABG. ZUJENNY FERNÁNDEZ
IMPUTADO (S) FERNANDO MEDINA
DELITO (S) ESTRAGOS EN FUNDO AJENO
Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO que conforme al artículo 318, numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, presentare la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico, y recibida en este Tribunal en fecha 03 de Marzo de 2009, en virtud del inicio de las actividades del Tribunal Tercero de Control, conforme a la resolución Nº 01-2009 emanada de la Presidencia del Circuito judicial del Estado Apure; a los fines de decidir observa:
DE LOS HECHOS
Establece el Ministerio Publico para solicitar el sobreseimiento, que en fecha 26-05-2008, se inicia la presente investigación de la denuncia interpuesta por el ciudadano PEDRO MEDINA, quien en fecha 16-04-2008, ante el Primer Pelotón de la Segunda Compañía del Destacamento de Fronteras Nº. 63 de la Guardia Nacional expuso: “…lo que pasa es que un vecino de nombre FERNANDO MEDINA, el cual el ganado de él se pasa para mi casa y para mi terreno, lo cual trajo como consecuencia que ese ganado se metiera y me dañara mi siembra la cual constaba de un frijolar y un platanar, entonces lo que quiero yo es que le pongan reparo al señor para que levante su cerca y controle su ganado si es preciso lleguemos a un acuerdo para ver lo que hacemos, eso ocurrió a las 11:00 de la noche en el fundo El Laurel de mi propiedad ubicado en Araguayuna, Municipio Muñoz Mantecal, Estado Apure, mi fundo …” Es todo. (Folio 02)
En este Sentido, considera el Ministerio Publico, que de los elementos de convicción recabados en la presente investigación, es posible inferir que se encuentran en presencia de la presunción grave de que se consumo el delito de ESTRAGOS EN FUNDO AJENO, establecido en el articulo 475 del Código Penal Venezolano y como se evidencia no hay base fundamental para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado ya identificado, aunado a esto desde la fecha de cometimiento del delito, hasta la presente fecha han transcurrido 2 años exactos tiempo este que dentro de la lógica jurídica, él mismo hace impertinente e inútil la practica de diligencias de interés Criminalisticas y donde opera a toda luz el pronunciamiento Fiscal, en consecuencia lo más ajustado a derecho es solicitar el Sobreseimiento de la presente causa, iniciada por la presunta comisión del delito de ESTRAGOS EN FUNDO AJENO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 1º, del Código Orgánico Procesal Penal, por existir certeza, y a pesar de ella no exista razonablemente la posibilidad de atribuírsele los hechos al imputado, ya que son delitos de instancia privada.
Ahora bien, este Tribunal una vez revisadas las presentes actuaciones, confirma que en las mismas no constan elementos de convicción suficientes que permitan al Ministerio Público, emitir un acto conclusivo, distinto al interpuesto, por lo que este Tribunal Tercero de Control decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, conforme a lo establecido en el numeral 1º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, así se decide.
DECISIÓN
Por las razones que anteceden el Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a los parámetros de los artículos 318 numeral 1, en su primer aparte, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO de la causa N° 3C 1.962-09, seguida en contra del imputado FERNANDO MEDINA, venezolano, residenciado en el Fundo Medina, ubicado Araguayuna, Parroquia Mantecal Municipio Muñoz, por cuanto el hecho objeto del presente caso, solo procede a instancia de parte agraviada fundadamente el enjuiciamiento del imputado. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
JUEZ TERCERO DE CONTROL,
ABG. NELSON ASCANIO VALENZUELA