REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 28 de septiembre de 2.009
199º y 150º
SOBRESEIMIENTO
CAUSA N° 3C-1617- 09
JUEZ : ABOG. NORKA MIRABAL RANGEL
PROCEDENCIA: FISCALIA 7° DEL MINISTERIO PÚBLICO.
VÍCTIMA : SEIJAS TORRES HESON DAIR
SECRETARIO (A): ABG. ZUJENNY FERNANDEZ
IMPUTADO (S) FUNCIONARIO POLICIAL DE BIRUACA, SGTO CARDOZA Y OTROS
DELITO (S) LESIONES LEVES
Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO, que conforme a lo establecido en el artículo 318, numeral 4° eiusdem, presentare la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico, y recibida en este Tribunal en fecha 03 de Marzo de 2009, en virtud del inicio de las actividades del Tribunal Tercero de Control, conforme a la resolución Nº 01-2009 emanada de la Presidencia del Circuito judicial del Estado Apure; a los fines de decidir observa:
DE LOS HECHOS
Establece el Ministerio Publico para solicitar el sobreseimiento, que la investigación se inicio en fecha 08 de Abrir del 2002, en virtud de denuncia interpuesta por el ciudadano SEIJAS TORRES HERSON DAIR , venezolano, de 21 años de edad, natural de esta ciudad, casado, obrero, residenciado en el Sector Biruaquita de esta ciudad, titular de la cédula de identidad N° 15.999.596, quien expone: Comparezco por ante esta oficina con la finalidad de denunciar a cuatro Policías del Estado, el día 21-03-2002, como a las 11:00 horas de la noche, estaba saliendo de la panadería Trigo Pan, ubicado en el mismo sector lugar donde yo trabajo, cuando de pronto estos policías me pidieron la cedula y me dijeron que estaba detenido trasladándome a la prefectura de Biruaca esposado, donde estuve hasta el día 22-03-2002, como a las 2:00 horas de la tarde, estos policías me despojaron de la cantidad de 55.000 Bolívares en efectivo, cuatro pares de espuelas Cubanas valoradas en 40.000 Bolívares y una navaja. Es todo”. (Folio 03).
Al folio 07, cursa Reconocimiento Medico Legal, practicado a la victima.
Ahora bien, considera el Ministerio Publico que los hechos que dieron lugar al inicio de la investigación, se encuentran adecuados al tipo penal establecido en el articulo 418 del Código Penal como es el de LESIONES LEVES en la cual esta señalado como autores de los hechos el Funcionario Policial Sargento CARDOZA y otros, sin embargo, durante la fase investigativa no se recabaron suficientes elementos de convicción para incoar juicio de reproche ante los órganos jurisdiccionales, así como tampoco existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, no habiendo bases sólidas y contundentes para solicitar enjuiciamiento del imputado; y con tal carácter solicita el decreto de SOBRESEIMIENTO.
En éste sentido, de acuerdo a la revisión del asunto, verificó el tribunal que evidentemente a pesar de haberse cometió un hecho punible, perseguible de oficio, no se recabaron suficientes elementos que demuestren la culpabilidad del imputado y tomando en consideración el tiempo transcurrido no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación que den base para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado, por lo que seria inoficioso seguir con el procedimiento, por cuanto no existen razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación, e insistir en mantener un proceso ante el Órgano jurisdiccional seriar retardar una decisión que en definitiva va a ser la misma que deba pronunciarse si se llegase al debate, señalado en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal.
DECISION
Por las razones que anteceden el Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a los parámetros de los artículos 318 numeral 4°, del Código Orgánico Procesal Penal, decreta: el Sobreseimiento de la causa N° 3C 1617-09, seguida a el Funcionario Policial Sargento CARDOZA y otros. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
LA JUEZA TERCERO DE CONTROL
NORKA MIRABAL RANGEL