REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 29 de Septiembre de 2.009
199º y 150º

SOBRESEIMIENTO

CAUSA N° 3C-647- 09
JUEZ : ABOG. NORKA MIRABAL RANGEL
PROCEDENCIA: FISCALIA 9° DEL MINISTERIO PÚBLICO.
VÍCTIMA : JHOAN FRANCISCO FONTAINES HERNANDEZ
SECRETARIO (A): ABG. ZUJENNY FERNANDEZ
IMPUTADO (S) POR IDENTIFICAR
DELITO (S) CONTRA LA PROPIEDAD


Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO, que conforme a lo establecido en el artículo 318, numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, presentare la Fiscalía Novena del Ministerio Publico, y recibida en este Tribunal en fecha 03 de marzo de 2009, en virtud del inicio de las actividades del Tribunal Tercero de Control, conforme a la resolución Nº 01-2009 emanada de la Presidencia del Circuito judicial del Estado Apure; a los fines de decidir observa:
DE LOS HECHOS
Establece el Ministerio Publico para solicitar el sobreseimiento, que la investigación se inicio en fecha 27-08-2004, mediante denuncia interpuesta por ante el Destacamento Nº 68, Segunda Compañía, Comando Regional Nº 6, Guardia Nacional Achaguas, por el ciudadano JHOAN FRANCISCO FONTAINES HERNANDEZ, en consecuencia expone: “El día jueves 19 de Agosto de este año, se introdujeron en mi casa por el techo, en horas de la madrugada donde se llevaron un VHS, perteneciente a la Misión Robinsón, una bomba eléctrica y treinta mil bolívares en efectivo”. Es todo. (Folio 03).
Al folio 01, cursa Orden de Inicio de las Investigaciones, acordado por el Ministerio Público.
Considera el Ministerio Publico que los hechos que dieron lugar al inicio de la investigación, se encuentran adecuados al tipo penal establecido en el articulo 451 del Código Penal Venezolano, como lo es el delito HURTO, no obstante por la falta de testigos que puedan corroborar lo manifestado por la denunciante acerca de la comisión del hecho punible y la falta de individualización del delito, en virtud a la ausencia de medio de pruebas y tomando en consideración el tiempo transcurrido, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación que den base para solicitar fundadamente el enjuiciamiento de imputado alguno, en razón que no hay sustentación y soporte que sirva en un respectivo juicio oral y público; y con tal carácter solicita el decreto de SOBRESEIMIENTO.
En éste sentido, de acuerdo a la revisión del asunto, verificó el tribunal que evidentemente a pesar de haberse cometió un hecho punible, perseguible de oficio, no se recabaron suficientes elementos que demuestren la culpabilidad del imputado, y tomando en consideración el tiempo transcurrido, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación que den base para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado, así como la falta de testigos que depongan sobre los hechos, por lo que seria inoficioso seguir con el procedimiento, por cuanto no existen razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos a la investigación, e insistir en mantener un proceso ante el Órgano jurisdiccional seriar retardar una decisión que en definitiva va a ser la misma que deba pronunciarse si se llegase al debate, de conformidad con el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal.

DECISION
Por las razones que anteceden el Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a los parámetros de los artículos 318 numeral 4°, del Código Orgánico Procesal Penal, decreta: el Sobreseimiento de la causa N° 3C 647-09, seguida a POR IDENTIFICAR, SIN MAS DATOS Notifíquese a las partes. Cúmplase.

LA JUEZA TERCERO DE CONTROL


NORKA MIRABAL RANGEL