REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE




TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
EN FUNCIONES DE CONTROL
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San Fernando de Apure, 24 de Septiembre de 2009
199º y 150º



SOBRESEIMIENTO



CAUSA: 2C-12.175-09

IMPUTADO: ALEXANDER FIGUEREDO.

VICTIMA: LOVERA HURTADO JESSICA.

DELITO: VIOLENCIA PSICOLOGICA.

PROCEDENCIA: FISCALIA OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO.


Vista la solicitud interpuesta por ante este Tribunal por el abogado MILANYELA HERNÁNDEZ, en su carácter de Fiscal Octavo Auxiliar del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual como acto conclusivo de investigación, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, solicitan se decrete el Sobreseimiento de la causa seguida a: ALEXANDER FIGUEREDO; este Tribunal, para decidir previamente observa:
PRIMERO: De la revisión practicada a las actas se evidencia que pudiéramos estar en presencia de la comisión de un hecho punible, cuya averiguación se inicia el día: 25-02-08, por denuncia interpuesta por la ciudadana: HURTADO ENILDE JOSEFINA quien expuso:

“…Vengo a denunciar a Alexander Figueredo, de 23 años de edad, por cuando el sedujo a mi hija Lovera Hurtado Jessica, de 15 años de edad, en la cual mantuvo relaciones sexuales con ella y mi hija quedó embarazada de el, ahora anda diciendo en la calle que ese hijo que tiene mi hija en su vientre no es de el y que ella ya se había acostado con otros hombres, pero lo que me dice mi hija es que ellos mantuvieron relaciones sexuales en el mes de Noviembre del año 2007, ósea que mi hija tiene tres meses de embarazo, también quiero agregar a esta declaración que este ciudadano esta casado con una señora y tiene tres hijos, la cual le causo gran daño a mi hija en hacerle ese mal…”

SEGUNDO: Que corresponde entonces a la vindicta publica, por mandato constitucional iniciar las respectivas investigaciones que logren determinar la comisión de algún hecho o acto ilícito, concluyendo el mismo, tal como lo plasma en su acto conclusivo:

TERCERO: Que el ciudadano Fiscal Octavo Auxiliar de la Fiscalia Primera del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en la parte señalada como: “RAZONES DE HECHO Y DERECHO”, de su libelo de solicitud, refiere: “Ahora bien, del análisis de los hechos narrados se observa la presunta comisión del delito del VIOLENCIA PSICOLÓGICAS previsto y sancionada en el articulo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia …”; mientras que en la parte señalada como; “PETITORIO”, de su libelo de solicitud, MENCIONA: “Por todo lo antes expuesto, este representante del Ministerio Publico solicita sea DECRETADO EL SOBRESEIMIENTO de la causa por la presunta comisión del VIOLENCIA PSICOLÓGICAS previsto y sancionada en el articulo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 318, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, concordancia con el numeral 8 del articulo 48 ejusdem, por haber operado la prescripción ordinaria de la acción penal”.

DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA:

UNICO: CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de: ALEXANDER FIGUEREDO, por la presunta comisión de delito ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 460 del Código Penal Vigente en perjuicio de: LOVERA HURTADO JESSICA, titular de la cedula de identidad personal N° 21.292.453, que invocara el ciudadano Fiscal Octavo Auxiliar del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-

JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

DRA. DAVID OSWALDO BOCANEY