REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO
San Fernando de Apure, 25 de Septiembre de 2009.
Años: 199ª y 150ª
Revisada la presente causa, seguida al acusado SIMEON ANTONIO ARAGURE, titular de la Cédula de Identidad N 2.340.862, por el delito de ABUSO SEXUAL, con ocasión de la audiencia de depuración de escabinos que hubiere de celebrarse en la presente fecha, se hizo necesario hacer un recuento del presente asunto en aras de aplicar la última disposición adjetiva penal, que al respecto de los Tribunales Mixtos, entrare en vigencia en fecha 04 de Septiembre de 2009, publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria Nª 5930, la cual modificó entre otros el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal de la siguiente manera:
Tercer Aparte del Artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal reformado: Realizadas efectivamente dos convocatorias, sin que se hubiere constituido el Tribunal Mixto por inasistencia o excusa de los escabinos o escobinas, el Juez o Jueza profesional constituirá el Tribunal de forma unipersonal…
En este sentido se verificó al Folio 168 de la Primera Pieza de la presente causa, que se le dio entrada a la misma por auto de fecha 06-10-2008, fijándose acto de sorteo par el día 21-10-2008.
En fecha 21-10-2008, se difirió el acto de sorteo pautado por la ausencia de la víctima, de la defensa y del Fiscal del Ministerio Publico, fijándose nueva oportunidad para el día 03-11-2008.
En fecha 03-11-2008, se realizo el acto de sorteo y se fijo la primera convocatoria para el acto de constitución de escabinos para el día para el día 18-11-08.
En fecha 18-11-2008, siendo la primera convocatoria de los llamados por la ley para ejercer la función de escabinos, compareciendo dos de los ciudadanos llamados por la ley, por lo que se acordó un sorteo extraordinario para el día 26-11-2008.
En fecha 26-11-2008, se realizo acto de sorteo y se fijo segunda convocatoria del acto de constitución de escabinos para el día 09-12-2008.
En fecha 09-12-2008, siendo la segunda convocatoria de los llamados por la ley para ejercer la función de escabinos, resulto infructuosa la presencia de estos, por lo que se acordó un sorteo extraordinario para el día 27-01-09.
En fecha 27-01-2009, se difirió el acto de sorteo por ausencia de la victima y de la defensa, se fijo una nueva oportunidad para la realización de un nuevo sorteo para el día 09-02-2009.
En fecha 09-02-2009, se realizo acto de sorteo y se fijo la tercera convocatoria para el acto de constitución de escabinos para el día 26-02-2009.
En fecha 26-02-2009, siendo la tercera convocatoria de los llamados por la ley para ejercer la función de escabinos, resulto infructuosa la presencia de estos, por lo que se acordó un sorteo extraordinario para el día 12-03-2009.
En fecha 12-03-2009, se realizo sorteo y se fijo la cuarta convocatoria para el acto de constitución de escabinos para el día 31-03-2009.
En fecha 31-03-2009, siendo la cuarta convocatoria de los llamados por la ley para ejercer la función de escabinos compareció un solo ciudadano llamado por la ley, por lo que se acordó un acto de constitución para el día 20-04-2009, en virtud de que existen escabinos en reserva.
En fecha 20-04-2009, siendo la quinta convocatoria de los llamados por la ley para ejercer la función de escabinos, resultando infructuosa, se fijo una nueva fecha para realizar un nuevo acto se sorteo de escabinos para el dia 13-05-09.
En fecha 13-05-09 se difiere la realización del acto de sorteo por falta de traslado y ausencia de la victima se fijo una nueva fecha para el día 05-06-09
En fecha 08-06-2009 se difiere la realización del acto de sorteo por auto expreso del Tribunal, se acordó una nueva fecha para el día 18-06-2009.
En fecha 18-06-2009 se difirió la realización del acto de sorteo por ausencia de la victima se fijo una fecha para el día 30-07-2009.
En fecha 30-07-2009 se realizo acto de sorteo de escabinos y se fijo la sexta convocatoria para el acto de constitución de escabinos, para el día 25-09-2009.
En fecha 25-09-2009, siendo la sexta convocatoria, oportunidad en la cual compareció un solo ciudadano llamado por la ley, razón por la cual se aplicó la novísima disposición adjetiva penal, que apunta la Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal, publicada en la mencionada gaceta Oficial, publicada en fecha 04 de Septiembre de 2009, que dispone, que realizadas efectivamente dos convocatorias sin que se hubiere constituido el Tribunal mixto por insistencia de los escabinos, el Juez o la Jueza constituirá el tribunal de forma unipersonal, de lo que se infiere el carácter impositivo y no potestativo del Juez, y como el caso de marras, presentó como resultado la inasistencia de los escabinos a excepción de uno, no obstante insuficiente para constituir formalmente el Tribunal Mixto, es por lo que procede la constitución de forma unipersonal.
DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: formalmente constituido el Tribunal que ha de juzgar el presente asunto de manera unipersonal, causa seguida contra el acusado SIMEON ANTONIO ARAGURE, venezolano, natural de Achaguas estado Apure, soltero, nacido en fecha 28-10-1943, profesión u oficio Agricultor, residenciado en el Municipio Arismendi, carretera vía el Baúl, cerca de la manga de coleo, calle principal, casa s/n y sin pintar, titular de la Cédula de Identidad N 2.340.862, por el delito de ABUSO SEXUAL, en perjuicio de (Identidad omitida art. 65 parágrafo 2 de la LOPNA), todo en conformidad con el Artículo 164 tercer Aparte de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se fija la celebración del Juicio Oral y Público para el día Martes 29 de Octubre de 2009 a las 2:00 pm; para lo cual habrá de librarse las boletas de notificación respectivas a los expertos y testigos que deban comparecer y hacerse la inscripción en los libros y caratulas que conformen la causa acerca de la nueva nomenclatura que en lo adelante será 2U-420-08. Cúmplase
La Juez de Juicio Nª 2,
Nataly Emily Piedraita Iuswa
La Secretaria,
Abg. Ana Karina Ramírez Castro.
Seguido se cumplió lo ordenado en autos. Conste. Stria
CAUSA 2U-420-08:
NP/AKR.