REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO
San Fernando de Apure, 29 de Septiembre de 2009.
Años: 199° y 150°
Recibido escrito en fecha 24-09-2009, suscrito por el Abogado Héctor Salvador Parra, actuando con el carácter de defensor privado del acusado Silvestre Del Carmen Campos, en el cual solicita la división de la continencia de la causa en favor de su defendido, por cuanto el ciudadano Jesús Becerra tiene librada orden de aprehensión desde hace dos años según apuntó, lo que obviamente afecta la situación jurídica de Silvestre Campos por la consecuente paralización de la causa.
A los fines solicitados, se hizo necesario la revisión de la presente causa, ingresada en este Tribunal en fecha 30 de Noviembre de 2005, con ocasión de la apertura a juicio que efectuare el Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, seguida contra los ciudadanos Silvestre Del Carmen Campos, Julio César braca y Jesús Enrique Becerra Silva, por el delito de transporte ilícito de carne de ganado vacuno sin las respectivas guías de movilización expedidas por la autoridad competente y sin la debida autorización del dueño, previsto y sancionado en el Artículo 12, ordinal 2 de la Ley de protección a la Actividad Ganadera en concordancia con el artículo 83 del Código Penal venezolano; fiándose el sorteo de escabinos para el día 09-12-2009.
En fecha 09-12-2005, se celebró el sorteo de escabinos y se fijó audiencia de depuración de escabinos para el día 19-12-2009.
En fecha 19-12-2005, no se celebró el acto de constitución de tribunal mixto motivado a reposo médico de la Juez que presidía el tribunal y por auto de fecha 10-01-2006, se fijó nuevo sorteo para el día 16-01-2006.
En fecha 16-01-2006, se celebró el sorteo de escabinos pautado por auto y se fijó audiencia de depuración para el día 25-01-2006.
En fecha 25-01-2006, se constituyó el tribunal mixto, fungiendo como titular uno, Lilian González y titular dos, Enciso Josefina Ibelice, fijándose la celebración del juicio oral par el día 13-06-2006.
En fecha 13-06-2006, no comparecieron los acusados y se fijó nueva oportunidad para el día 31-07-2006.
En fecha 31-07-2006, no comparecieron los acusados y se fijó otra oportunidad par el día 28-08-2006, siendo que por auto dictado en fecha 14 de Agosto 2006, en virtud del receso judicial, se difirió tal oportunidad fijándose una nueva para el día 05-10-2006..
En fecha 05-10-2006, no comparecieron los acusados y se fijó nueva oportunidad para el día 07-11-2006.
En fecha 07-11-2006, comparecieron los acusados a excepción del ciudadano Jesús Enrique Becerra Silva, en razón de lo cual el Tribunal dictó orden de aprehensión por la evasión al proceso y libró oficios de captura en igual fecha.
Por escrito recibido ante este despacho en fecha 15-11-2006, el requerido Jesús Enrique Becerra, designó como Abogados a José Angel Hurtado y Miguel Rodríguez, quienes fuero juramentados en fecha 16-11-2006, como consta al folio 346 de la segunda pieza.
En audiencia especial de fecha 22-11-2006, folio 360 pieza II, se le otorgó nuevamente una medida cautelar distinta a la privación de libertad en conformidad con los numerales 3 y 4 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, fijando oportunidad para la celebración del juicio oral y público para el día 25-01-2007.
En fecha 25-01-2007, nuevamente se revoca por incumplimiento de la medida cautelar al acusado Jesús Enrique Becerra Silva, y se ordena su aprehensión por oficios de igual fecha.
En fecha 08-02-2007, planteó la inhibición con respecto a la causa la Juez Norka Mirabal Rangel, la cual fue declarada con lugar por la Corte de Apelaciones e ingresa la misma al Juzgado Segundo de Juicio.
En fecha 12-02-2007, se ratificó la captura de Jesús Enrique Becerra Silva, por oficios de igual fecha, así también fueron ratificados en fecha 22-05-2007, 08-07-2008, 27-10-2008 y 30-06-2009, razón por la cual no habiéndose logrado la captura del mencionado acusado, procede de pleno derecho, conforme a la ley de reforma parcial del Código Orgánico Procesal Penal, la división de continencia de la causa, haciendo necesario transcribir:
Artículo 74. Código Orgánico Procesal Penal (reformado). El Tribunal que conozca del proceso en el cual se han acumulado diversas causas, podrá ordenar la separación de ellas, en los siguientes casos:
1. Omissis…..
2. Omissis…..
3. Omissis…
4. Cundo exista pluralidad de imputados o imputadas, y la audiencia se haya diferido en más de dos ocasiones por inasistencia de alguno de ellos o ellas.
DISPOSITIVA
En virtud de la norma adjetiva transcrita, este Tribunal de Juicio N° 2, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, acuerda:
PRIMERO: la separación de la causa seguida contra el acusado Jesús Enrique Becerra Silva, titular de la Cédula de Identidad 15.536.630 y compulsar en fotostátos certificados de la misma, ordenándose la continuación del proceso con respecto de los acusados Silvestre Del Carmen Campos, y Julio César Braca, titulares de la Cédulas de identidad Nª 16.272.633 y 13.938.232 respectivamente, todo de conformidad con el numeral 4 del articulo 74 de la ley de reforma parcial del Código Orgánico Procesal Penal de fecha 04 de septiembre de 2009.
SEGUNDO: Se fija la celebración del juicio oral y público para el día lunes 16 de Noviembre de 2009 a las 9:30 horas de la mañana, para lo cual se ordena librar las citaciones a las partes, testigos y expertos que deban comparecer.
TERCERO: Agréguese copia certificada del presente auto a la ordenada compulsa. Regístrese, compulsase y déjese copia. Cúmplase
La Juez de Juicio N° 2
Nataly Emily Piedraita Iuswa
La Secretaria,
Abg. Ysauri Rojas Pereira.
Seguido se cumplió lo ordenado. Conste. Stria
Abg. Ysauri Rojas Pereira.
NP/YR
2M-334-07.