REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
Demandante: Daysi Almeida Palacio.
Demandado: Julio Cesar Bruzual.
Motivo: Cobro de Bolívares por Intimación
Sentencia: Interlocutoria
Expediente: 12318.
Vista la diligencia anterior de fecha anterior 06 de Abril de 2010, suscrita por el ciudadano Julio Cesar Bruzual en su carácter de parte demandada, plenamente identificado en autos, en la cual pone fin a la ejecución y da cumplimiento a la obligación que origino la presente causa. En consecuencia, visto que la parte demandada de autos cumplió con la obligación, y por cuanto versa sobre derechos disponibles este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con los artículos 263 del Código de Procedimiento Civil, y ordena el archivo del presente expediente en su oportunidad de ley. En cuanto al embargo ejecutivo decretado se ordena levantarlo una vez quede firme la presente decisión.
Se declara concluido el presente juicio.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, a los siete (07) días del mes de Abril del año 2010.
La Jueza Titular,
Dra. Anaid Carolina Hernández Zavala.-
El Secretario Tempo.
Abg. Francisco Javier Reyes Piñate.
En esta misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión.
El Secretario Tempo.
Abg. Francisco Javier Reyes Piñate.
ACHZ/FJRP/Eddami.-
Exp Nº 12318.-
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