REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO

San Fernando de Apure, 30 de Abril de 2010.
Años: 200° y 151°


Se recibió escrito en la secretaría de este tribunal, en fecha 28-04-2010, suscrito por el Abogado Wilmer José Quintana, actuando con el carácter de defensor privado del acusado Manuel Secundino Parra, en el cual solicita la división de la continencia de la causa en favor de su defendido, por cuanto sobre los coacusados Edgardo Alonso Prieto Hill y Sergio Alexis Peña Padilla, pesa orden de captura, no habiéndose obtenido resultas hasta la presente fecha, lo que obviamente afecta la situación jurídica de su defendido por la consecuente paralización de la causa. El Tribunal para decidir observó:

Previa revisión de la presente causa, se verificó que la misma ingresó en este Tribunal en fecha 02-11-2009, no obstante en fecha 03-11-2009, quien aquí preside planteó inhibición con respecto al conocimiento de la causa, en conformidad con el artículo 86 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, inhibición que fue declarada sin lugar por la Corte de Apelaciones de este estado, por lo que se anotó su reingresó en fecha 03-02-2010, siendo a partir de esta oportunidad cuando el proceso seguía el curso de ley, por lo que respecta al Tribunal Segundo de Juicio, razón por la cual se negó por auto de fecha 10-02-2009, la división de la continencia de la causa, conforme lo había solicitado el apoderado judicial del acusado Manuel Secundino Parra, quien había sido capturado días antes de la señalada negativa.

Efectivamente desde el día 03-02-2010, se ordenó ratificar las capturas de los acusados, tal y como lo decidió la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, quien anuló por razones de orden público constitucional, la sentencia absolutoria dictada en fecha 26-06-2008 por el Tribunal Primero de Juicio constituido como tribunal Mixto y repuso el proceso penal al estado de celebrar nuevo juicio oral y público ante un tribunal distinto al que pronunció el fallo anulado, acotando que el Tribunal a quien competa el nuevo conocimiento, debía actuar con la mayor diligencia a fin de lograr la captura de todos los acusados de autos, siendo ratificadas las ordenes de captura en fechas 03-02-2010, 05-04-2010 y 28-04-2010.

No obstante, se constata en los folios que conforman la causa, que hasta la presente fecha no se ha obtenido respuesta alguna por parte de los órganos comisionados, acerca de la captura de los coacusados, razón por la que se hace necesario atender la normativa procesal dispuesta, a los efectos de garantizar el debido proceso y la tutela judicial efectiva, previstas en los artículos 49.1 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Al respecto se apunta el:


Artículo 74. Código Orgánico Procesal Penal (reformado). El Tribunal que conozca del proceso en el cual se han acumulado diversas causas, podrá ordenar la separación de ellas, en los siguientes casos:
1. Omissis…..
2. Omissis…..
3. Omissis…
4. Cuando exista pluralidad de imputados o imputadas, y la audiencia se haya diferido en más de dos ocasiones por inasistencia de alguno de ellos o ellas.

Sobre este particular resaltado, se hace mención que la causa desde su reingreso al tribunal en fecha 03-02-2010, ha estado paralizada en razón de la espera de la captura de los coacusados, sin obtener resultas al respecto hasta el día de hoy, evidenciándose que han transcurrido ochenta y seis (86) días desde el citado reingreso, sin que se haya celebrado ningún acto del proceso, razón por la cual se considera procedente la división de continencia solicitada por la defensa, con respecto a continuar el proceso seguido al acusado Manuel Secundino Parra Rubio.


DISPOSITIVA


En virtud de la norma adjetiva transcrita, este Tribunal de Juicio N° 2, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, acuerda:

PRIMERO: la separación de la causa seguida contra el acusado Manuel Secundino Parra Rubio, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad 9.988.674, por uno de los delitos establecidos en la Ley contra el tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y formar compulsa en fotostátos certificados de toda la causa, donde se agregará todo lo actuado en lo adelante y relativo al juzgamiento de los acusados Edgardo Alonzo Prieto Hill y Sergio Alexis Peña Padilla, todo de conformidad con el numeral 4 del articulo 74 de la ley de reforma parcial del Código Orgánico Procesal Penal de fecha 04 de septiembre de 2009.

SEGUNDO: Se fija la celebración del sorteo ordinario que ha de celebrarse para el juzgamiento del acusado Manuel Secundino Parra Rubio, actuaciones todas, que serán agregadas y llevadas en los folios de la causa original, para el día Martes 18 de Mayo de 2010, a las 8:30 horas de la mañana, para lo cual se ordena notificar las partes que deban comparecer.

TERCERO: Agréguese copia certificada del presente auto a la ordenada compulsa. Regístrese, fórmese compulsa y déjese copia. Cúmplase

La Juez de Juicio N° 2


Nataly Emily Piedraita Iuswa

La Secretaria,


Abg. Zujenny Fernández.


Seguido se cumplió lo ordenado. Conste. Stria


Abg. Zujenny Fernández.

NP/zif.
2M-481-09.
Manuel Secundino Parra Rubio.