REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
Republica Bolivariana De Venezuela
Tribunal Supremo De Justicia
Circuito Judicial Penal Del Estado Apure
Tribunal Primero De Control
San Fernando de Apure, 25 de Agosto de 2010
200º y 151º
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 1C-13.196-10
IMPUTADO: FUNCIONARIOS DE LA POLICIA CONOCIDA COMO MUCIO
VICTIMA: JOSE EFRAIN SEVILLA BECERRA
DELITO: LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES
PROCEDENCIA: FISCALIA SEPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Visto que en fecha 24-05-2.010, el Fiscal Séptimo del Ministerio Público, ABG. JOHNY JOSE MOHAMED MARCANO, Solicita a este Tribunal, declare el SOBRESEIMIENTO en la causa N° 1C-13.196-10, nomenclatura de este Tribunal y la causa N° 04-F7-0325-03, nomenclatura de la Fiscalía, donde aparece como imputado: FUNCIONARIOS DE LA POLICIA CONOCIDA COMO MUCIO, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación que permitan determinar quien fue el autor del hecho. Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, el cual se hizo del conocimiento de la Fiscalia día 27-03-2003, en la que el ciudadano identificado como JOSE EFRAIN SEVILLA BECERRA, donde se deja constancia de lo Siguiente “Vengo a denunciar que yo vivo del otro lado del caño Las Mercedes y de este lado vive un policía que yo conozco por MUSIO, que trabaja en la policía de san Fernando y cada vez que llega para el vecindario comienza a disparar en el vecindario y cuando uno le dice algo dispara mas y en una oportunidad estaba disparando de la carretera para el caño y una bala pego en las cañas de la casa y entro en la sala y como le grite que no disparara mas al propósito hizo tres disparos y dos balas me cayeron a mi una en el brazo y una en la cabeza, me pare rápido y vi que era el policía MUSIO, que estaba disparando le grite que me había pegado salí para donde el Comisario y como no estaba me vine para el Comando. …”
Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por el ABG., JOHNY JOSE MOHAMED MARCANO, en su carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; pues verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado la fiscal concluyo lo siguiente;…esta representación fiscal considera luego del análisis de los elementos de convicción recabados en la presente investigación, es posible inferir que nos encontramos en presencia del delito LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES…” Ahora bien se evidencia; que efectivamente han transcurrido: Siete (07) Años, Cuatro (04) Meses y Veintiocho (28) Días, de la comisión del delito investigado y hasta la presente fecha no se han obtenidos nuevos datos a la investigación, no existiendo razonablemente la posibilidad para incorporar otros elementos de convicción que demuestren la perpetración del ilícito penal objeto del presente proceso por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL. De sobreseimiento de la causa y así se decide.-
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-13.196-10, seguida en contra del imputado: FUNCIONARIO DE LA POLICIA CONOCIDO COMO MUSIO, por la presunta comisión de uno de los delitos: LESIONES INTENCIOANLES MENOS GRAVES, en perjuicio de: JOSE EFRAIN SEVILLA BECERRA conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
DR. EDWIN MANUEL BLANCO LIMA
LA SECRETARIA
ABG. MELISA NARVAEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. MELISA NARVAEZ
Causa N° 1C-13.196-10
EMBL/MN/Rosa M.-