REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
San Fernando de Apure, 02 de Agosto de 2010
200° y 150°
EXTINCION DE LA PENA POR PRESCRIPCION
CAUSA N° 1E-1506-08
JUEZ: ABG. YULI BALI ARVELO.
FISCAL: SEPTIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO.
DEFENSOR PUBLICO: ABG. MARIA ELENA DELGADO
PENADO: ARTAHONA ARRAY MIGUEL ELOY.
SECRETARIA: ABG. TAIBETH CASTELLANO.
Revisada como ha sido la presente causa seguida al ciudadano ARTAHONA ARRAY MIGUEL ELOY titular de la cédula de identidad Nº 17.609.354, residenciado en la Via Perimetral , 2da vereda, sector la Defensa, casa s/n, San Fernando de Apure, relacionado con la causa 1E-1506-08, en la cual fue condenado a cumplir la pena de UN (01) AÑO CON SEIS (06) MESES de prisión, por la comisión del delito de LESIONES GRAVES EN GRADO DE CONTINUIDAD, previsto y sancionado en el articulo 415, del Código Penal Venezolano, en concordancia con el articulo 99 Ejusdem; este tribunal a los fines de verificar di cha pena se encuentra prescrita, hace las siguientes consideraciones:
Cursa inserto al folio ochenta y nueve (89) al noventa y cinco (95) sentencia definitivamente firme dictada por Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 04 de Abril 2008, mediante la cual condena al ciudadano: ARTAHONA ARRAY MIGUEL ELOY, titular de la cédula de identidad Nº 17.609.354; a cumplir la pena de UN (01) AÑO CON SEIS (06) MESES DE PRISION; por la comisión del delito de LESIONES GRAVES EN GRADO DE CONTINUIDAD, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal Venezolano vigente para la época de los hecho, en concordancia con el articulo 99 Ejusdem, en perjuicio del YAJAIRA JOSEFINA CARRASQUEL CARPIO, RAFAEL JOSE OJEDA ARRAIZ Y ANGEL RAFAEL CARRASQUEL”.
Observa este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad que desde el 04 de Abril de 2008, fecha en que quedó firme la sentencia en contra del ciudadano: ARTAHONA ARRAY MIGUEL ELOY titular de la cédula de identidad Nº 17.609.354, hasta el día de hoy 02-08-2010, ha transcurrido DOS (02) AÑOS, TRES (03) MESES Y VEINTINUEVE (29) DIAS; tiempo éste más que suficiente para que opere la prescripción de la pena que es de UN (01) AÑO CON SEIS (06) MESES DE PRISION, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 112, ordinal 1° y tercer aparte del Código Penal Venezolano Vigente, en concordancia con el artículo 479, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia, este Tribunal acuerda la Extinción de la Pena por Prescripción. Y ASI SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA, impuesta al penado: ARTAHONA ARRAY MIGUEL ELOY titular de la cédula de identidad Nº 17.609.354; por PRESCRIPCION, de conformidad con lo establecido en el Artículo 112, ordinal 1° y tercer aparte del Código Penal Venezolano Vigente, en concordancia con el articulo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al ciudadano Fiscal Séptimo del Ministerio Público, a la Defensa y a la penada. Firme el presente pronunciamiento, remítase al Archivo Judicial. Cúmplase.
LA JUEZ PIMERO DE EJECUCION,
ABG. YULI BALI ARVELO.
LA SECRETARIA,
ABG. TAIBETH CASTELLANO.
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado, en el auto que antecede.
LA SECRETARIA,
ABG. TAIBETH CASTELLANO.
CAUSA N° 1E-1506-08
YBA/TC/anak.-..-
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