REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 10 de Agosto de 2010
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 2C-12.831-10
IMPUTADO: JOEL FERNANDO CASTILLO RODRIGUEZ
VICTIMA: MARBELLA PARRA YOHANA
DELITO: VIOLENCIA FISICA Y PSICOLOGICA
PROCEDENCIA: FISCALIA NOVENA DEL MINISTERIO PÚBLICO
Visto que en fecha 06 de Agosto de 2010, el Fiscal Séptima del Ministerio Público, ABG. LUIS ALEXANDER DORDELLY DAZA solicita a este Tribunal Segundo de Control, declare el SOBRESEIMIENTO en la causa N° 2C-12.831-10 nomenclatura de este Tribunal y la causa N° 04-V9-0708-08, nomenclatura de la Fiscalía, donde aparece como imputado ciudadano: JOEL FERNANDO CASTILLO RODRIGUEZ, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318. Ordinal 4° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el Articulo 37, ordinal 15° de la Ley Orgánica Del Ministerio Publico, en relación con lo previsto en el Ordinal 7° del Articulo 108, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación que permitan determinar quien fue el autor del hecho. Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, el cual se inicia la presente averiguación el día; 17 de Diciembre de 2008, en virtud de denuncia hecha ante este despacho fiscal, por la ciudadana: MARBELIA PARRA YOHANA, quien expuso: “Comparezco por ante este Despacho con la finalidad de denunciar al ciudadano: JOEL DERNANDO CASTILLO RODRIGUEZ, el cual es mi vecino, ya que el día domingo 07-12-08 siendo aproximadamente las 04:00 horas de la tarde, este ciudadano le dio una patada a mi hijo de nombre JUAN OCTAVIO HERNANDEZ, el cual quedo privado y este señor me ofendió con palabras obscenas, vulgaridades que no se le dice a una mujer, es por lo que deseo que lo citen para que se resuelva este problema y le digan a el señor que no se meta mas conmigo ”… Es todo …”
Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Fiscal Primero del Ministerio Público, ABG. LUIS ALEXANDER DORDELLY DAZA, pues verificado como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado la fiscal concluyo lo siguiente;…
Solicitamos el sobreseimiento de la causa por cuanto a pesar de la falta certeza no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación que permitan el total esclarecimiento de los hechos de conformidad con lo establecido en el articulo 318 Ord. N 4° del Código Orgánico Procesal Penal…”
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 2C-12.831-10, seguida en contra el ciudadano ALEIMAR BAYONA SAMACA, por la presunta comisión del delito de: VIOLENCIA FISICAS Y AMENAZA todo de conformidad en lo establecido en el articulo 318 ordinal 4 del Código Orgánico Procesal penal. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DR. MIGUELANGEL ESCALONA
LA SECRETARIA,
ABG. YSMAIRA CAMEJO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado…
LA SECRETARIA,
ABG. YSMAIRA CAMEJO
CAUSA Nº 2C-12.831-10
ME/Soli.