REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DIRECCIÒN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 17 de Agosto de 2010.-
AÑOS: 200° y 151°
Visto el escrito constante de un (01) folio útil y un (01) anexo, presentado en fecha 11 de Agosto de 2010, a las 08:40 horas de la mañana, por el área de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal, siendo recibido en fecha 11 de Agosto de 2010, a las 11:45 horas de la mañana, por éste juzgado, en la cual la ciudadana JULIA RUIZ, en su carácter de Madre del Imputado JULIO CESAR RUIZ IRISMA, titular de la cédula de identidad N° V.- 20.230.472, a quien se le sigue causa penal N° 2C-12.648-10, mediante la cual solicita que se evalúe el cuadro clínico que presenta su hijo en el brazo, según lo explica la copia del informe médico que anexa, ya que no se ha podido operar en estos momentos por la inmovilización que presenta, ameritando con suma urgencia fisioterapia de rehabilitación, así como la continuidad del arresto domiciliario y el permiso para trasladarlo al centro correspondiente de rehabilitación los días que designen en la terapia a realizar, éste Tribunal Segundo de Control, conforme a las previsiones del artículo 26 de nuestra carta magna, que establece la tutela judicial efectiva a todos los justiciables, acuerda:
PRIMERO: Librar Boleta de Traslado a la Comandancia General de la Policía del Estado, a los fines de que traslade al imputado JULIO CESAR RUIZ IRISMA, titular de la cédula de identidad N° V.- 20.230.472, con las seguridades del caso al Departamento de Medicina Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de éste Estado, para que sea atendido y evaluado por el Médico Forense, el día Viernes 20-08-2010 a las 07:00 horas de la mañana. Asimismo, se libra oficio al Médico Forense de esa entidad, a los fines de informarle que en la fecha y hora antes indicada, le practique evaluación médica al imputado de autos.
SEGUNDO: Fijar Audiencia Especial para el día Martes 24-08-2010 a las 02:00 horas de la tarde, a los fines de que éste Tribunal se pronuncie previa valoración del Médico Forense, sobre la solicitud de la Madre del imputado in comento.
TERCERO: Se acuerda con lugar las rehabilitaciones solicitadas al imputado de autos, en el centro especializado a que haya lugar, debiendo el Comando General de la Policía del Estado Apure, trasladarlos las veces que sea requerido con las seguridades del caso, debiendo informar por escrito a éste Tribunal y consignar copia de la atención médica prestada.
CUARTO: Notificar al ciudadano Fiscal Primero del Ministerio Público, la Defensa Pública Penal. Líbrese Oficio a la Comandancia General de la Policía del Estado, a los fines de informarle que éste Juzgado, se trasladará a esa sede, para realizar audiencia especial al imputado de autos para la fecha y hora indicada. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. MIGUELANGEL ESCALONA ACOSTA
LA SECRETARIA
ABG. FANNY CORDOBA
Seguidamente se dio cumplimiento as lo ordenado…
LA SECRETARIA
ABG. FANNY CORDOBA
CAUSA 2C-12.648-10