REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



Juzgado del Municipio San Fernando
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

San Fernando de Apure, 20 de Diciembre de 2.010
200° y 151°


EXPEDIENTE N°: 2.010- 4.537

DEMANDANTE: BERNARDO CARRASQUEL Asistido por los
Abog. RUFO GRACIANO BOLIVAR y
DANIEL JOSÉ NUÑEZ ALMEIDA.


DEMANDADO: CAJA DE AHORROS Y PRESTAMO
DE LA POLICIA DEL ESTADO
APURE (C.A.P.P.E.A), representada
Legalmente por MARCOS MUÑOZ.-

JUICIO: REINTEGRO DE AHORROS Y
HABERES.-


Por recibida y vista la diligencia que antecede estampada por los ciudadanos BERNARDO CARRASQUEL y RAFAEL IGNACIO NARVÁEZ RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V- 9.875.406 y V-11.236.845, el primero parte demandante y el segundo parte demandada, asistidos por los Abogados en ejercicio RUFO GRACIANO BOLIVAR y DANIEL JOSÉ NUÑEZ ALMEIDA, con Inpreabogado Nros. 135.312 y 138.268, respectivamente parte demandante, mediante la cual ambas partes celebran Convenimiento, désele entrada y admítanse cuanto ha lugar en derecho.- En consecuencia, este Tribunal de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, ordena HOMOLOGAR dicho CONVENIMIENTO, se da por terminado el presente juicio, dándosele el carácter de cosa juzgada con autoridad de sentencia pasada. Igualmente se deja constancia que No se ordena el archivo del expediente respectivo, hasta tanto no conste en autos el cumplimiento de lo pactado en la cláusula segunda del documento contentivo del Convenimiento cursante en autos.-

La Jueza,


Abog. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.

La…


Secretaria.,

Abog. PETRA M. SILVA DIAMOND.




En esta misma fecha y hora se publico y registro la Sentencia y quedo anotada al punto Nº folio , del Libro Diario.




La Secretaria.,

Abog. PETRA M. SILVA DIAMOND.



































EJSM/psd/mcmc.-