REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 25 de Enero de 2010
199º y 150º

SOBRESEIMIENTO

CAUSA: 1C-12.910-10

IMPUTADO: CARLOS HUMBERTO MARTINEZ Y MANUEL ADELINO MARTINEZ
VICTIMA: ANA DE JESUS MARTINEZ
DELITO: VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZAS
PROCEDENCIA: FISCALIA NOVENA DEL MINISTERIO PÚBLICO.

Vista la solicitud interpuesta por ante este Tribunal por la Fiscalia Novena del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual como acto conclusivo de investigación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 4º Código Orgánico Procesal Penal, ejusdem, solicito se decrete el Sobreseimiento de la causa N° 1C-12.910-10) Y (04-V9-0299-08), nomenclatura de ese despacho Fiscal; este Tribunal, para decidir previamente observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible denunciado existe la posibilidad jurídico procesal de invocar la demostración del cuerpo del delito averiguado, no obstante, cuya averiguación se inicia el día 12-09-2008, en virtud de denuncia interpuesta por la ciudadana ANA DE JESUS MARTINEZ, por medio de remisión interna Nro.1085-08 de la oficina de Orientación al ciudadano, del Ministerio Publico Estado Apure, donde denuncio lo siguiente: “… Mis hijos de nombres CARLOS HUMBERTO MARTINEZ Y MANUEL ADELINO MARTINEZ, los cuales me amenazan en darme muerte si yo no los dejo hacer lo que ellos quieren, es por lo que deseo que estos hijos míos sean citados y se dejen de estar metiendo conmigo, es por lo que deseo se vayan de la casa y no aparezcan mas nunca, no soporto de que estén echando varilla, cada que ellos quieren que es todos los días ya que consumen drogas, es por lo que temo por mi vida y cualquiera de los otros hijos míos que habitan conmigo..”; en fecha 19-09-2008, se impuso en contra de los ciudadanos CARLOS HUMBERTO MARTINEZ Y MANUEL ADELINO MARTINEZ y a favor de la ciudadana ANA DE JESUS MARTINEZ, medida de protección y seguridad de las establecidas en el articulo 87, numerales 5 y 6 de la LEY ORGANICA SOBRE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, donde aparecen como imputados SU PERSONA, por la presunta comisión del delito VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZAS, donde aparece como victima: ANA DE JESUS MARTINEZ.

Verificada como ha sido la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado y por otra parte dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318 Numeral 4 º y por cuanto en la revisión de las actas se evidencia que efectivamente desde la fecha 12-09-2008 han transcurrido UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES, y TRECE (13) DIAS, de la comisión del delito investigado hasta la presente, y cuya acción penal prescribe de conformidad con el artículo 108 Ord. 7º del Código Penal Venezolano vigente, habiendo transcurrido la prescripción tiempo más que suficiente para que se extinga la acción penal por lo que es procedente y ajustado a derecho DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA.

DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO, por prescripción de la acción penal de la causa signada con el N° 1C-12.910-10, en la cual los imputados los ciudadanos CARLOS HUMBERTO MARTINEZ Y MANUEL ADELINO MARTINEZ, por la presunta comisión de uno del delito VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZAS en perjuicio de ANA DE JESUS MARTINEZ, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, Y articulo 108 ordinal 7º del Código Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ PRIMERO DE CONTROL

ABG. SERVIO TULIO HERNANDEZ


LA SECRETARIA,

ABG. TAIBETH CASTELLANO

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA,

ABG. TAIBETH CASTELLANO
Causa Nro. 1C-12.910-10
STH/AU/anaK