REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN L.O.P.N.A

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPICION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.- SAN FERNANDO DE APURE, VEINTIOCHO (28) DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIEZ (2010)
SALA DE JUICIO N° 2.-


199° y 150°

PARTES: ODALIS SILENIA ACEVEDO INOJOSA y PEDRO MANUEL SOLORZANO.

Visto el pedimento anterior y definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 28-10-2009, se ordena su ejecución de conformidad con lo establecido en el Artículo 492 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con lo pautado en el Artículo 523 y siguiente del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, se acuerda expedir copia certificada de la Decisión y junto con oficio remítase a las Autoridades Civiles correspondientes, a los fines de estampar la nota marginal en la Partida de Nacimiento N° Trescientos Veintiséis (326) de fecha 11-06-2008, en la cual se estableció el Reconocimiento Judicial de la filiación entre el niño EDGAR ALFREDO ACEVEDO INOJOSA y el Ciudadano PEDRO MANUEL SOLORZANO MIRABAL, igualmente se acuerda expedir copia certificada de la Sentencia a la parte solicitante de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.- Líbrese lo conducente.-
El Juez Prov.,

Dr. CASTOR JOSE UVIEDO

La Secretaria Temp,

Abg. YULIEC TOVAR

Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado
La Secretaria Temp,

Abg. YULIEC TOVAR

Exp. N° 17.518.-
CJU/Marianne.-