REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO
DEL ESTADO APURE.-

San Fernando de Apure, 01 de Febrero de 2010
199° y 150°

Vista la Solicitud presentada por los Ciudadanos BIASLEY JENIREE DE INFANTE, casada, MARIANGEL MERCEDES RIVERA HERNANDEZ, Soltera y RAFAEL ANGEL RIVERA HERNANDEZ, Soltero, mayores de edad de nacionalidad Venezolana, todos de este domicilio, titulares de la Cédulas de Identidad Nros. V- 17.394.617, 14.812.685 y 13.488.721, signada con el N°. 2.010- 38; quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, y las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y, encontradas conforme. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurías construidas sobre un lote de terreno constante de DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON DIEZ CENTIMETROS (258,10 M2), propiedad Municipal, ubicado en el callejón “Las Marías” entre Calle Municipal y Calle Muñoz, en el Municipio San Fernando, del Estado Apure, dicho inmueble se compone de cuatro (4) Habitaciones con puertas y ventanas de hierro, cocina, recibo, sala comedor, una (1) sala de baño, piso de cemento, construcción de bloques frisado, techo de acerolic, patio interno, una (1) mediagua con techo de zinc, dentro de los siguientes linderos y medidas: Norte: Con Inmueble de la Familia Herrera, en CATORCE METROS CON TREINTA CENTIMETROS (14,30 metros); Sur: Con Inmueble de la Ciudadana Yajaira Estrada en CATORCE METROS CON SETENTA CENTIMETROS (14,70 metros); Este: con Inmueble de la Familia Gil Martínez, con DIECIOCHO METROS CON CUARENTA CENTIMETROS (18,40 metros); y Oeste: Callejón las Maria (su frente) en, DIECISIETE METROS CON VEINTE CENTIMETROS (17,20 metros), en las cuales ha invertido en materiales de construcción y el pago de mano de obra la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00) fomentadas a las únicas y propias expensas de los ciudadanos BIASLEY JENIREE DE INFANTE, MARIANGEL MERCEDES RIVERA HERNANDEZ, y RAFAEL ANGEL RIVERA HERNANDEZ, plenamente identificados. Se ordena devolver estas resultas al Solicitante.-
La Juez,
Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.
La Secretaria Temp,

Abg. PETRA M SILVA DIAMOND.


En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones al interesado, constante de ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. al folio del Libro Diario.


La Secretaria Temp,


Abg. PETRA M SILVA DIAMOND
EJSM/pmsd/Yuling.-
Expt 10-38