REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS
DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE
SOLICITUD Nº 09-140
MATERIA TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: DEFINITIVA
SOLICITANTE JOSE GREGORIO FERNÁNDEZ
ABOGADO ASISTENTE JOSE GREGORIO FERNANDEZ.
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: JOSE GREGORIO FERNÁNDEZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.375.544, actuando enn su propio nombre y representación, abogado en ejercicio inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 65.646, así como las declaraciones de testigos. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbres o ha alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION, a favor del ciudadano: JOSE GREGORIO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y portador de la Cèdula de Identidad Nº 9.375.544, sobre unas bienhechurias que se determinan en la solicitud y mediante el justificativo de testigos evacuados por ante este tribunal. Conformadas por una casa de Construcción de Mampostería, con cuatro (04) Habitaciones con Closet, Una (01) Sala Comedor y Cocina Empotrada, Una (01) Sala de Star, Dos (02) Salas de Baño con todos sus accesorios, piso de Cemento, Techo de Platabanda, Puertas de Madera, Ventanas y Protectores de Hierro, posee los servicios de Agua y Luz. Dichas Bienhechurias fueron construidas en el año 2.005, en las cuales invirtió la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,oo).- Dichas bienhechurias se encuentran construidas sobre un lote de terreno propiedad Municipal, ubicado en la Zona Urbana Sector: Ruiz Pineda, Parroquia Achaguas, Municipio Achaguas, Estado Apure, con una extensión de: VEINTIUN METROS DE FRENTE POR TREINTA Y UN METROS DE FONDO (21x31), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Casa de Marta Hernández; SUR; Casa de Onofre Abano; ESTE: Calle Urdaneta; OESTE: Isidra Álvarez; el cual posee en calidad de Arrendamiento, según constancia de Tramitación de fecha: 23-10-09- Devuélvase original de estas resultas al solicitante, quedando anotado en libro de solicitudes llevados por este tribunal durante el año 2.009 bajo el Nº 09-140.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y Artículo 72 Ordinal 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Achaguas, de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Veintidós (22) días del mes de Febrero del año dos mil diez (2.010). AÑOS: 199º de la Independencia y 151º de la Federación.
EL JUEZ,
DR. WILMER JOSE PEREZ CELIS
LA SECRETARIA
ABOG. ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR
SOLIC. Nº 09-140 (TITULO SUPLETORIO)
DR. WJPC/LCDA. FADEM.-
22-02-10.-
En esta misma fecha siendo las 12:20.m., se publicó y registró el anterior pronunciamiento.
LA SECRETARIA,
ABOG. ZENAIDA R. DE VILLAMIZAR.-
22-02-10.-
SOLIC. Nº 09-140 (TÍTULO SUPLETORIO).-
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